2. Derechos de autor y licencias

Introducción

Actualmente los docentes tienen a su disposición una gran cantidad de contenidos para poder usarlos en su trabajo. Una de las competencias que cualquier docente necesita desarrollar es ser capaz de buscar, seleccionar y modificar contenidos para adecuarlos a las necesidades de aprendizaje de su alumnado. Pero todas estas acciones tienen que venir acompañadas de una protección, gestión y compartición de contenidos adecuada. Es decir, haciendo un uso responsable de los contenidos que va a usar en su práctica docente.

Este uso responsable implica respetar las normas sobre derechos de autor y propiedad intelectual al usarlos, modificarlos y compartirlos. Además de en la creación de su propio contenido. 

Por ello, en este capítulo hablaremos de: 

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Fuente: freepik

2.1. Normativa sobre propiedad intelectual y derechos de autor

Como ya hemos comentado, al crear o modificar contenido educativo digital, utilizamos materiales propios o ajenos y, por lo tanto, debemos conocer cómo afectan los derechos de autor en educación.

La TIC han creado un nuevo escenario de relaciones entre usuarios, información y contenidos, es el denominado entorno digital o virtual, en el que también existe el derecho. Debemos tener en cuenta qué licencias tienen los materiales educativos que podemos encontrar por la web. 

Vamos a desarrollar los principios básicos del sistema de protección de la propiedad intelectual, diferenciaremos los tipos de derechos de autor de las personas creadoras de obras y se enumerarán los tipos de licencias aplicables a los contenidos digitales.

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2.2. Propiedad intelectual y derechos de autor

Lo primero es definir qué es la propiedad intelectual. El Registro de la Propiedad Intelectual del Ministerio de Cultura y Deporte lo define de esta forma:

¿Qué es la Propiedad Intelectual?

La propiedad intelectual está integrada por derechos de carácter personal y patrimonial, que atribuyen al autor la plena disposición y el derecho exclusivo a la explotación de la obra, sin más limitaciones que las establecidas en la Ley.

La propiedad intelectual de una obra literaria, artística o científica corresponde al autor por el solo hecho de su creación.

Incluye el conjunto de derechos que corresponden a los autores y a otros titulares (artistas, productores, organismos de radiodifusión...) respecto de las obras y prestaciones fruto de su creación.


La propiedad intelectual se refiere a la posesión de elementos culturales y, al contrario de lo que sucede con otros tipos de propiedades, tiene fecha de caducidad. Poseer la propiedad intelectual puede dar lugar a distintos derechos, dependiendo de nuestra condición con respecto a la obra (autor, productor, etc.), los más conocidos de los cuales son los derechos de autor.

Y entonces, ¿qué son los derechos de autor?

Los derechos de autor podemos definirlos como aquellos derechos que corresponden a la persona que crea alguna obra literaria, artística o científica. Esta condición de autor tiene un carácter irrenunciable e intransmisible y , al contrario de los que ocurre con la propiedad intelectual, ésta no se extingue con el paso del tiempo, es decir, el autor de la obra no deja de serlo en ningún momento y debe ser siempre reconocido y citado adecuadamente. 

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CedecObras protegidas por la Ley de Propiedad Intelectual (CC BY-SA)

2.3. Derechos morales y patrimoniales

Además de los derechos de autor, toda obra tiene derechos morales y patrimoniales o de explotación.  Los primeros hacen referencia al derecho al reconocimiento de la autoría y al derecho de decidir sobre la divulgación de la obra. Un ejemplo son los derechos de un compositor para decidir si podemos utilizar su composición en un video que publicaremos en la web de centro educativo.  Los derechos patrimoniales o de explotación hacen referencia a la explotación de la obra en cualquier forma y, especialmente, a los derechos de reproducción o distribución. Un ejemplo son los los derechos de un escritor para poder cobrar por la distribución de su obra.

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Cedec. Derechos de autor(CC BY-SA)

Como hemos visto, la Ley de Protección Intelectual (LPI) define los derechos de explotación que tiene un autor de forma exclusiva sobre su obra: reproducción, distribución, comunicación pública y transformación. Pero en el ámbito docente, ¿qué acciones están incluidas en cada uno de esos derechos? En esta infografía podemos ver algunos de los ejemplos más comunes:

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CedecDerechos de explotación en ámbito docente (CC BY-SA)

Además. en docencia debemos saber que tenemos el derecho de cita que hace referencia al permiso legal para la copia e inclusión de fragmentos razonables de obras protegidas ajenas, siempre que se mencione su fuente, título y autor.

Para saber más... La Organización Mundial de la Propiedad intelectual (OMPI)  ha creado un vídeo que resume algunas de estas cuestiones:

Video: ¿Qué es el derecho de autor? por OMPI

2.4. Tipos de licencias

Entonces, ¿puedo utilizar cualquier material que esté disponible en Internet para mis clases? La respuesta es NO. Que un material sea accesible a través de las redes no implica que no esté sujeto a derechos de autor, que sea libre ni que se pueda copiar, redistribuir ni modificar. 

Por tanto, el autor de un material debe conocer los tipos de licencias existentes para dotar de ellas a sus materiales o reutilizar las obras ajenas.

infografía sobre licencias

Quién protege nuestros derechos? por CEDEC bajo CC BY-SA


Como docentes, habrá ocasiones en las que podamos utilizar materiales con derechos de autor bajo unas condiciones concretas. Será más fácil si dichos materiales tienen una licencia abierta, como Creative Commons, y mucho más fácil aún si son obras de Dominio Público. Es importante tener en cuenta que el hecho de que un material no indique nada respecto a su licencia de uso no implica que sea libre. Todo lo contrario. En el caso de que un material no indique su licencia, se considera que tiene todos los derechos reservados.


Por lo tanto, ¿qué puedo utilizar como docente en mis clases?

Como norma general, y de acuerdo con lo visto hasta ahora, cualquier persona puede utilizar libremente materiales que encontremos en la red y que pertenezcan al Dominio Público (respetando la autoría e integridad de la obra) o que tengan una licencia abierta (siempre que cumplamos los requisitos de las mismas). En el caso de que el material tenga derechos de autor o copyright, o no indique nada al respecto, no podremos utilizarlo, salvo permiso expreso del autor o titular de los derechos.


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Cedec. Materiales disponibles en la Red(CC BY-SA)

Recordemos además que en el caso de los derechos de autor existen limitaciones y excepciones reconocidas en la LPI a las que los usuarios pueden acogerse si se cumplen las condiciones requeridas. Entre estas limitaciones destaca el derecho de cita.

2.5. Licencias de Creative Commons (CC)

Hay muchas personas y entidades que están dispuestas a ceder algunos o todos los derechos de explotación de sus obras al público en general, sin necesidad de tener que autorizar individualmente a todos y cada uno de los usuarios que así lo soliciten. Las licencias abiertas Creative Commons ofrecen un sistema muy simple para dar respuesta a esta necesidad.

A continuación se muestra una infografía que explica cada uno de los tipos de licencia Creative Commons:

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CedecLicencias Creative Commons (CC BY-SA)


Cuando creamos un contenido educativo digital al que queremos introducir una licencia CC debemos tener en cuenta los usos que deseamos tenga nuestra obra:

INTEF. Licencias Creative Commons. (CC BY-SA)


Recursos para ampliar información

Mostramos a continuación recursos que pueden ser interesantes para entender mejor los tipos de licencias CC y que no son imprescindibles para la formación del curso:

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CedecSemáforo de licencias (CC BY-SA) a partir de la obra de Dominio Público "CC Traffic Light" (CC BY-SA)

Incorporación de material ajeno a una obra propia:

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CedecQué puedo incluir en un recurso educativo (CC BY-SA)


Utilización de material ajeno en clase

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 CedecQué puedo hacer en mis clases (CC BY-SA)

2.6. Búsquedas y compartición de contenidos con licencias CC

Ya hemos visto cómo debemos actuar con los diferentes tipos de licencias a la hora de crear o modificar contenido educativo digital y que aquellas obras con licencia CC o de dominio público son la mejor opción para utilizar materiales como imágenes, vídeos o incluso  secuencias didácticas en el aula.

Pero, ¿cómo encuentro los recursos que necesito con licencias CC?

Los motores de búsqueda nos permiten filtrar contenido bajo licencia CC únicamente en la búsqueda de imágenes. Para otro tipo de contenido podemos utilizar buscadores como:

 A continuación mostramos algunos buscadores para recursos con licencia CC organizados por tipo de contenido:

Imágenes
Vídeos
Sonido

¿Y si quiero compartir mis recursos?

En el caso de queramos darle más difusión al material creado, compartirlo con otras personas y contribuir al conocimiento libre, tendremos dos opciones: marcar la obra como de Dominio Público o aplicar una licencia Creative Commons.

Para licenciar obras con CC podemos utilizar la herramienta que nos proporciona https://creativecommons.org/ que a través de un cuestionario nos proporciona el icono que debemos incluir en nuestra obra con las condiciones elegidas:

Acceso a la herramienta de Creative Commons.