U1. Certificados Profesionales

Introducción


Los cursos dirigidos a la adquisición de competencias que permitan a las personas adultas su incorporación a la actividad laboral, la mejora de su situación profesional o adaptación a nuevas situaciones en el trabajo es una de las nuevas competencias incorporadas recientemente en los Centros Públicos de Educación de Personas Adultas.

En este módulo, vamos a conocer la normativa y la oferta formativa de certificados profesionales. Los Certificados Profesionales acreditan con carácter oficial las competencias profesionales que capacitan para el desarrollo de una actividad laboral con significación para el empleo.

Esta acreditación oficial certifica que la persona que lo posee tiene los conocimientos y las habilidades para desarrollar una actividad laboral determinada, es decir, está cualificada.

1.1. Certificados profesionales

 

NORMATIVA CERTIFICADOS

Los certificados profesionales son oferta profesional de Grado C, según al nueva nomenclatura de la formación profesional. Se puede encontrar en el siguiente enlace la formación que se refiere a los diferentes grados.


1.2. Certificados profesionales en los CPEPA

Los CPEPA solicitan los Certificados Profesionales (o módulos de los mismos -oferta modular-) que quieren impartir al curso siguiente comunicándolo a la Unidad de Educación Permanente y a Distancia en el tiempo y forma que se indique.

Para poder solicitar estos certificados profesionales o módulos profesionales dentro de los mismos, el CPEPA debe tener autorizado por INAEM dicho certificado. De lo contrario, se debe realizar la solicitud de autorización a INAEM para poder impartir otros nuevos certificados si cumplen con todos los requisitos que INAEM marca. Se puede consultar información en el siguiente enlace.

inaem.png


Nunca debemos olvidar que se trata de una formación laboral, de INAEM, que se imparte en los CPEPA, con lo cual actúan dos administraciones diferentes que deben coordinarse.

Es importante destacar que los CPEPA tienen que concretar en esa solicitud si los cursos se van a impartir con docentes contratados por las Entidades Locales (si es la entidad local la que va a hacerse cargo de los gastos de contratación del profesorado), por medios propios (si es el propio centro, con su profesorado funcionario, el que se hará cargo de todos los gastos) o si necesita financiación (si debe recibir dinero del INAEM, a través de la convocatoria (encomienda) anual que para tal fin se publica (normalmente en agosto), para el desarrollo de las actividades).

Cuando la solicitud es con medios propios o cargo a entidades locales, el CPEPA solicita autorización directamente a INAEM. Una vez recibida la autorización, se comunica a la Unidad de Educación Permanente y a Distancia que abrirá el curso en SIGAD y se inicia la formación.

Cuando se realiza con financiación de INAEM es necesario acogerse a la convocatoria nombrada anteriormente que realiza INAEM para centros de FP y CPEPA (se publica una convocatoria diferente cada curso escolar), nunca deben iniciarse las actividades antes de la resolución de la convocatoria (y tampoco sin tener autorización de INAEM para su impartición).

La gestión y documentación de los Certificados varía dependiendo del tipo de financiación que tengan, pero, sea cual sea, la llevan los Centros desde la plataforma SIGAD académica y didáctica, así como desde la plataforma GESTIFOR de INAEM. 

Se debe usar la plataforma de gestión de INAEM Gestifor y cumplir con lo que solicita INAEM. Actualmente están trabajando en una nueva plataforma de gestión.

Los centros de EPA no sólo imparten los módulos teóricos, sino que gestionan y coordinan también los módulos de prácticas, que, en general, se realizan en organizaciones, empresas, etc... externas al propio centro y con quienes hay que firmar un convenio de colaboración previo a que el alumnado pueda realizar ahí dichas prácticas. Es importante destacar que se dan casos en los que el alumnado puede estar exento de realizar dichos módulos de formación práctica, dependiendo fundamentalmente de su experiencia profesional anterior relacionada con el Certificado que quiere cursar.

 

.

En febrero de 2017 la Directora Gerente del Instituto Aragonés de Empleo dictó Instrucción relativa a las equivalencias laborales académicas con el título de graduado en Educación Secundaria Obligatoria, a efectos de acceso a la formación de los Certificados de Profesionalidad.

Dichas equivalencias se especifican en el Anexo de la mencionada Instrucción, cabe destacar la equivalencia del Certificado de Estudios Primarios y del Graduado Escolar, que anteriormente no se contemplaban.

1.3. Acceso a certificados profesionales



Revision #9
Created 2022-02-01 12:48:02 CET by Equipo CATEDU
Updated 2026-11-03 20:11:32 CET by Nuria Tobajas