El Centro educativo y la formación del profesorado

Introducción

La calidad de la enseñanza en las aulas depende en gran medida de la formación de sus docentes. Existen por su puesto muchos otros factores organizativos y estructurales que fertilizan o limitan esa calidad pero es evidente que un claustro bien formado puede afrontar con muchas más garantías de éxito los retos que su tarea diaria plantea.

Explicamos brevemente la transformación en la formación del profesorado en Aragón en los últimos años, como ejemplo cercano de cambio de paradigma en la formación del profesorado, con el Claustro como eje de su propio aprendizaje.

Hasta el curso 2007-2008 el número de actividades de formación que se realizaban en los centros educativos, fuera de los Centros de Profesores y Recursos en Aragón era bajo, en comparación con los cursos, seminarios y grupos de trabajo que estos Centros ofrecían al profesorado. Los Proyectos de Formación en centro eran muy escasos, el liderazgo de la formación del profesorado era sin ninguna duda de los Centros de Profesores, y de la Administración Educativa correspondiente, y las actividades se orientaban hacia los individuos en lugar de hacia los colectivos.

A partir del curso 2007-2008, al observarse y evidenciarse la poca transferibilidad que ese modelo de formación del profesorado presentaba en las aulas, y en una búsqueda de estrategias más eficaces, surgieron iniciativas provinciales experimentales, como la planteada en el Plan Provincial de Formación del Profesorado en Competencias Básicas de la Provincia de Zaragoza 2008-2010, que supuso un cambio de paradigma en la formación del profesorado en la provincia, fortaleciendo la modalidad de Proyectos de Formación “en y de” centros e incorporando otras novedades formativas como la orientación hacia la formación en colectividad.

A partir de las conclusiones extraídas tras estas iniciativas, la formación colectiva dentro de los mismos centros educativos y en base a sus necesidades específicas fue priorizándose en las convocatorias de los planes de los CPRs, y desde el 2009-10 en la ya convocatoria unificada en todo Aragón.

Posteriormente, se aprobó del Decreto 105/2013, de 11 de junio, del Gobierno de Aragón, por el que se regula el sistema aragonés de formación permanente del profesorado, su régimen jurídico y la estructura de su red, la consiguiente creación de los CIFEs y UFIs, y la aparición del COFO como líder indiscutible de la formación del profesorado dentro de los centros educativos.

Ese Decreto queda derogado con la aprobación del DECRETO 166/2018, de 18 de septiembre, del Gobierno de Aragón, por el que se regula la formación del profesorado de enseñanzas no universitarias que presta sus servicios en centros docentes sostenidos con fondos públicos en la Comunidad Autónoma de Aragón. En este Decreto 166/2018, actualmente vigente, se transforman los antiguos CIFEs en Centros del Profesorado.

La formación del profesorado dentro del centro educativo tiene desde entonces, entre otras, estas finalidades:

  1. La formación del profesorado tiene como finalidad esencial contribuir a la mejora de la calidad de la educación, conjugando la necesaria actualización del profesorado para hacer frente a las nuevas necesidades y demandas de la sociedad actual, con la respuesta que se ha de dar a sus expectativas de mejora en el ejercicio profesional, aprendizaje, promoción y satisfacción laboral.
  2. La formación debe servir como medio para lograr un modelo de educación equitativo e inclusivo, que contribuya en el desarrollo de una sociedad más justa, que satisfaga las necesidades educativas y a la sociedad en general.
  3. Dicha formación también mejorará la competencia profesional docente y directiva

Se recomienda la lectura del artículo Balance de un modelo de formación del profesorado: veintisiete años de los Centros de Profesores y Recursos de Aragón (1985-2012), de Fernando González Olloquiegui y Alfonso Cortés Alegre publicado en el número 6 de la revista Forum Aragón, de Octubre 2012, de donde se ha extraído la información histórica para esta introducción, así como del resto de artículos de ese mismo número dedicados a la Formación del Profesorado.

http://www.ebropolis.es/files/File/Varios/Revista_Forum_Aragon_6.pdf

Al igual que ha sucedido en las últimas décadas con el proceso de enseñanza-aprendizaje del alumnado de los centros educativos, la formación del profesorado ha cambiado también su eje vertebrador, siendo ahora los Claustros los protagonistas de esa formación, en lugar de los Centros del Profesorado y Departamentos de Educación.

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Pero, ¿qué supone para un centro educativo y para un Claustro este nuevo enfoque?

Vamos poco a poco desgranando sus efectos.

1. Organización y funcionamiento de un centro educativo: ¿qué lugar ocupa la formación del profesorado y su coordinador?

1. Organización y funcionamiento de un centro educativo: ¿qué lugar ocupa la formación del profesorado y su coordinador?

Los planes de formación de centro

¿Qué importancia tiene un plan de formación en un centro educativo? ¿Dónde debe incluirse?

El Plan de Formación ha sido considerado desde sus inicios como un documento institucional de gran valor, que debe ser incorporado a la PGA de los centros, y también a su memoria. Supone en sí mismo un instrumento esencial para el proceso de formación-innovación-mejora que debe tenerse en cuenta a comienzo de curso, y generar reflexión y debate a final del mismo.

En los Centros Integrados de Formación Profesional y en los Institutos de Educación Secundaria, quedan además ligados a los Planes de Innovación de los Departamentos de Innovación y Transferencia de Conocimiento, y de Innovación y Formación Educativa. En la actualidad, un Plan de Innovación debe entenderse como el contenido estratégico dentro de cualquier Plan General de Mejora, y debe incluir actuaciones totalmente adaptadas a las características de ese centro educativo concreto y que conduzcan a un cambio positivo en prácticas educativas y resultados en los alumnos. La formación del Claustro debe siempre tenerse en cuenta dentro de esas actuaciones.

Los Planes de Formación de los Centros son además parte integrante del Plan de Actuación de sus Centros del Profesorado y éstos a su vez del Plan Anual de Formación del Profesorado de Aragón.

Finalmente, hay que mencionar también el carácter abierto, colaborativo y público de los Planes de Formación de los centros. En este sentido, diversas normativas e instrucciones actuales establecen que:

1. Organización y funcionamiento de un centro educativo: ¿qué lugar ocupa la formación del profesorado y su coordinador?

Los COFOs de los centros

El mencionado DECRETO 166/2018, de 18 de septiembre, del Gobierno de Aragón, por el que se regula la formación del profesorado de enseñanzas no universitarias que presta sus servicios en centros docentes sostenidos con fondos públicos en la Comunidad Autónoma de Aragón. establece lo siguiente en su artículo 21 puntos 1 y 3 lo siguiente:

1.En todos los centros docentes de la Comunidad Autónoma de Aragón sostenidos con fondos públicos y en los Equipos de Orientación Educativa de Infantil y Primaria, existirá un coordinador o coordinadora de formación

3.El coordinador de formación impulsará y promoverá las actuaciones de formación del profesorado que afecten al profesorado del centro, constituyendo éstas el Plan de Formación de Centro que deberá formar parte de la Programación General Anual.

Es por tanto obligatoria la creación de un Plan de Formación y la existencia de la figura oficial del COFO en los centros educativos de Aragón. Esto significa la asignación de corresponsabilidades en la Formación de su Profesorado a los centros formativos, y la asunción inmediata por parte de los centros tanto de esas corresponsabilidades como de sus consiguientes tareas para hacerlas efectivas. Cada centro escolar se ha convertido en generador de formación permanente personalizada para su propio Claustro, y cada COFO en un potencial asesor para esa formación.

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Pero, ¿dónde podemos localizar a los COFO en los marcos regulatorios de los centros educativos?

Todas las Órdenes e Instrucciones que regulan los funcionamientos de los centros educativos en Aragón recogen un listado de Órganos de Coordinación Docente. Éstos pueden ser:

En todos los centros, los COFO ejercen “Otra función de Coordinación” Docente. En los CIFP la figura del COFO coincidirá con el Jefe del Departamento de Innovación y Transferencia de Conocimiento. En los IES, a partir de la ORDEN ECD/401/2016, de 25 de abril, por la que se crea el Departamento de Innovación y Formación Educativa en todos los Institutos de Educación Secundaria de la Comunidad de Aragón, de titularidad del Gobierno de Aragón, esta figura coincide con el Jefe del Departamento de Innovación y Formación Educativa.

En la actualidad, las responsabilidades del COFO trascienden por lo tanto las de un mero planificador de formación, quedando asociadas irremediablemente a las de Coordinador de la Innovación Educativa, no sólo en los CIFP y en los IES, sino también en los centros de Educación Infantil y Primaria y de Educación Especial tras la aprobación de la Órden de 14 de junio de 2016, de la Consejera de Educación, Cultura y Deporte, por la que se modifica la Orden de 26 de Junio de 2014 de la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, por la que se aprueban las instrucciones de organización y funcionamiento de los Colegios Públicos de Educación Infantil y Primaria y de Educación Especial de la Comunidad Autónoma de Aragón. En su artículo único punto dos especifica que el Coordinador de Formación del Profesorado asumirá además las funciones de coordinación e impulso de la Innovación Educativa.

En cuanto a otras Escuelas como las de Arte, Oficiales de Idiomas, Escuelas Superiores y Conservatorios, las normativas de organización de los centros e instrucciones de comienzo de curso han ido también poco a poco adaptándose e incluyendo o bien un “responsable de formación” o la figura del “Coordinador de Formación” tras el Decreto de Formación, aunque con menor insistencia en su función de coordinador de la innovación.

En algunos centros educativos la figura del COFO es asumida por alguno de los miembros del Equipo Directivo, pero en ningún caso es obligatorio que ésto sea así. En ocasiones, la inestabilidad del Claustro o la negativa de los compañeros a asumir esta función voluntaria, fuerza al Equipo Directivo a encargarse directamente de esas funciones.

Las distintas normativas que regulan la formación del profesorado, la coordinación y organización de los centros educativos, las instrucciones anuales para los centros contemplan también otros muchos temas asociados, como la selección de los COFOs en los centros educativos, las compensaciones en horas de reducción, el reconocimiento de la tarea realizada o las funciones de deben realizar, y que es el contenido específico del tema siguiente de este módulo.

2- Funciones del Coordinador de Formación

Las funciones que el Decreto de Formación vigente asigna al Coordinador de Formación son las siguientes:

  1. Recoger las necesidades de formación detectadas en el centro y trasladarlas a la Red de Formación, en concreto al asesor o asesora de formación de su Centro de Profesorado de referencia.
  2. Colaborar con el Equipo Directivo y el Centro de Profesorado en la planificación, organización y realización de las actividades de formación en el propio centro, así como en la elaboración del Plan de Formación del centro.
  3. Liderar los procesos de formación del profesorado contribuyendo a la creación de un clima de colaboración y participación.
  4. Participar de forma activa y proactiva en la realización de los proyectos educativos en los que participe el centro educativo.
  5. Promover la participación del profesorado en el intercambio de experiencias, en las actividades formativas detallas en el Plan de Formación del Centro y en otras modalidades formativas, así como en la selección y elaboración de materiales didácticos que contribuyan al avance de la práctica docente, con especial mención al intercambio de información a través de las redes sociales y de la formación online.
  6. Gestionar los apoyos demandados por el centro en cuanto a recursos pedagógicos y didácticos que puedan facilitar los Centros de Profesorado.
  7. Colaborar con el Equipo Directivo en la evaluación del Plan de Formación del Centro.
  8. Coordinar las prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios que se desarrollen en el centro, así como los procesos de acompañamiento de Profesorado novel que se establezcan.
  9. Colaborar con el Centro de Profesorado la realización, seguimiento y evaluación de las actividades formativas que se realicen en su centro.
  10. Participar en las actividades formativas organizadas por el Departamento competente en materia de educación no universitaria, dirigidas específicamente a este colectivo.
  11. Asistir a las reuniones de coordinación a las que sea convocado por el Centro de Profesorado.
  12. Formar parte del Consejo de Centro de Profesorado, si fuera propuesto para ello.

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Además de éstas, en los Institutos de Educación Secundaria los Departamentos de innovación y formación educativa tendrán las siguientes:

a) Recopilar las propuestas de innovación y formación de la comunidad educativa, de acuerdo con las directrices establecidas por la Comisión de Coordinación Pedagógica.

b) Elaborar el Plan de Innovación y Formación del Centro y formular propuestas al equipo directivo y al claustro, relativas a la elaboración o modificación de dicho plan.

c) Contribuir al desarrollo del Plan de Formación del Centro en coordinación con las acciones llevadas a cabo por el Departamento de Orientación y del Plan de Acción Tutorial.

d) Contribuir al desarrollo de la innovación y formación psicopedagógica y profesional del profesorado en lo que concierne a su adaptación a los cambios surgidos en la didáctica de las materias que imparten, y en especial a la metodología por competencias.

e) Promover la investigación educativa y proponer actividades de perfeccionamiento del profesorado.

f) Asumir, en su caso, docencia en aquellas actividades de formación desarrolladas en el Centro a través de las modalidades de cursos, seminarios o proyectos de formación de centros en las líneas prioritarias propuestas en el Plan de Formación del Profesorado.

g) Elevar al Equipo Directivo una Memoria sobre la innovación y la formación al final del curso para su aprobación por el Consejo Escolar.

En los Centros de Educación Infantil y Primaria y Educación Especial las de:

h) Coordinador e impulsor de la Innovación Educativa.

En las convocatorias de Planes de Formación y para todos los centros consta que:

i) Deben sustituir a los Coordinadores de Actividades en cualquier circunstancia que impida el desarrollo de las mismas.

j) Deben coordinar las actividades dentro de la modalidad de Proyectos de Formación en Centro.

Finalmente, en el cumplimiento de todas las anteriores y a efectos prácticos, aunque no normativos, los COFOs acaban asumiendo otras funciones, algunas de las cuáles, como otras anteriores, se repartían entre los miembros del Equipo Directivo hasta hace muy pocos años. Entre ellas podemos mencionar:

k) Ser el receptor y distribuidor para el Claustro de noticias relacionadas con la Formación del Profesorado (actividades de formación, información institucional, etc).

l) Cumplir una función mediadora entre el Claustro y el Equipo Directivo para temas relacionados con formación e innovación.

m) Liderar procesos de cambio y potenciar la creación de líderes intermedios. Implica en la mayoría de los casos asumir directamente la coordinación de Proyectos de Innovación o Investigación Educativas que se propongan desde los centros.

n) Ayudar al Equipo Directivo en cada una de las fases de sus planes de mejora.

o) Promover la reflexión metodológica.

p) Generar entornos nuevos e innovadores de aprendizaje para el Claustro y animar a los compañeros a establecer pautas para su propio aprendizaje permanente y continuadas mejoras competenciales.

q) Ayudar a los compañeros coordinadores de actividades en todas sus tareas y obligaciones, tanto como formadores como gestores en DOCEO. r) Ayudar, si así se requiere, a cualquier compañero del Claustro en la puesta en marcha de iniciativas innovadoras en cualquiera de sus aspectos (desarrollo, documentación oficial para programas institucionales, organización en centro, etc). s) Ejercer la representación del centro sobre temas de innovación o formación cuando se necesita puntualmente un representante del Claustro para actuaciones en el exterior. t) Ser modelo práctico de todo lo que como COFO y Coordinador de Innovación se plantea para los compañeros. “Teach as you preach”, se suele decir en inglés. Enseña tú mismo como dices a los otros que deben hacerlo. Fórmate constantemente, innova, lidera.

Una vez listadas todas estas funciones, cabe reflexionar sobre lo siguiente: ¿Deberían los COFOs, que además son ahora coordinadores de los procesos de innovación y mejora, y por lo tanto líderes metodológicos indiscutibles de los centros, ser parte integrante de los Equipos Directivos, o por lo menos recibir otros incentivos que correspondan a todas las responsabilidades, esfuerzo y trabajo que están asumiendo?

Actualmente, en Aragón los líderes de la innovación ya no son los Equipos Directivos, como vemos en esta imagen de Pere Marqués del 2015, sino los COFOs, pues además de la Formación se les ha transferido esa responsabilidad.

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3- Coordinación con la red de formación del profesorado y otros sujetos formativos

¿Con quién debe coordinarse COFO fuera del centro escolar?

El ejercicios de la coordinación de la formación en un centro educativo mejora si coordinación y trabajo en equipo con otros elementos del sistema educativo. Algunos de estos son:

1- Centro de profesorado de referencia
2- Equipos de orientación
3- Inspección educativa
4. Centros escolares próximos o de adscripción
5. Ponentes externos
6. Departamento de educación

Además de estos anteriormente citados, los COFO deben coordinarse con varias instituciones y agentes externos en cumplimiento de sus funciones como tal, en especial, las directamente asociadas con los Planes de Formación de los centros y con su función de coordinador de las prácticas académicas externas de los alumnos universitarios.

Por otro lado, no debemos olvidar la labor de coordinación que debe existir entre el COFO y grupos de docentes y órganos dentro del propio centro, que incluimos en el cuadro siguiente:

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4- Planes de Formación de Centro (PDC)

Todos los centros educativos de la Comunidad Autónoma de Aragón, públicos y privados concertados, de niveles no universitarios, dependientes del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, deben elaborar su propio Plan de Formación que estará configurado fundamentalmente por las diferentes actuaciones de formación que realice el profesorado del centro. Éstos planes de formación deberán seguir las pautas que el Departamento de Educación instruya en la convocatoria al efecto, que en los dos últimos cursos ha sido publicada en junio del curso anterior, y recogerán además de las iniciativas formativas de los centros educativos para sus Claustros, cualquier otra actividad de formación individual que los docentes quieran comunicar a modo informativo.

Incluimos enlaces a las últimas convocatoria publicadas:

CURSO 20-21: https://educa.aragon.es/documents/20126/0/PFC+2020_2021_firmado+%281%29.pdf/ddd3802c-02ff-fba9-4afc-823297d7adc5?t=1599656157940

CURSO 21-22: https://educa.aragon.es/documents/20126/0/PFC+2021-2022+%281%29.pdf/45b2f21a-f737-717c-9450-f92cf83099cc?t=1630588177965

CURSO 22-23:https://educa.aragon.es/documents/20126/331199/Convocatoria+Plan+Formaci%c3%b3n+Centros+2022-23+(1).pdf/2ed10fcb-3dec-e942-2619-8bc0a80ade39?t=1661933502319

CURSO 23-24: https://educa.aragon.es/documents/20126/0/FIRMADA+Convocatoria+Plan+Formaci%C3%B3n+Centros+2023-2024+V2+U.pdf/953e98ff-f7c5-eedf-309a-4eb00def9dff?t=1698225531799

CURSO 24-25: https://educa.aragon.es/documents/20126/0/Convocatoria+Plan+Formaci%C3%B3n+Centros+2024-2025.pdf/7e950fdf-8adc-1ac6-6ba6-0b53f7cf90ca?t=1727437392087

Como consta en varias normativas, las actividades de formación propuestas y desarrolladas dentro del plan, tendrán lugar, preferentemente, fuera del horario de atención directa a los alumnos excepto aquellas que tengan carácter institucional, convocadas por las administraciones educativas u otras que excepcionalmente puedan ser autorizadas por causas debidamente justificadas.

El Plan de Formación de Centro no es un mero documento recopilatorio e informativo, sino que constituye una herramienta en sí misma para planificar, diseñar y evaluar las actividades de formación que un Claustro decida poner en marcha, y que irán orientadas a :

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Primera fase: reflexión y detección de necesidades. Entre junio-septiembre.

Es importante recordar que debemos basarnos en dos aspectos esenciales asociados:

Además debemos contemplar la adecuación de nuestras propuestas al Plan Marco de Formación del Profesorado de Aragón.

Entre junio y septiembre, comienza en los centros la fase de reflexión, de decisión sobre objetivos de mejora y de detección de las necesidades formativas del Claustro con respecto a ellos.


Consejos prácticos para esta primera fase:


Segunda fase: Elaboración del Plan de Formación. Septiembre.

El Plan de Formación del Centro es elaborado por el Coordinador de Formación del centro y otros docentes del Claustro coordinadores de actividades en colaboración con el Equipo Directivo y el Departamento de Formación e Innovación Educativa en los Institutos de Educación Secundaria, o el Departamento de Innovación y Transferencia del Conocimiento en los CPIFP. Una vez informado el Claustro, se incluye en la Programación General Anual.

La elaboración del plan es siempre fruto de la coordinación telemática a través de la plataforma DOCEO entre centros educativos y los Centros del Profesorado, que colaboran en el diseño, desarrollo y seguimiento.

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Dentro de los centros, los Coordinadores de Formación y los Coordinadores de cada una de las actividades que se van a proponer (el COFO no tiene porqué coordinar todas ellas) formalizan su propuesta en DOCEO, cumplimentando toda la información general del Plan y de cada una de las actividades que lo van a conformar.

La asesoría de formación del Centro del Profesorado de referencia del centro educativo orienta al Coordinador o Coordinadora de Formación y al Equipo Directivo en cuanto a la viabilidad del proyecto y a la adecuación de las acciones formativas planteadas para los objetivos que se pretenden alcanzar y contribuye a dotar de coherencia al plan elaborado.

Posteriormente el equipo pedagógico del Centro del Profesorado determina qué actividades serán gestionadas y certificadas desde el mismo en función de su adecuación a las características establecidas y su utilidad para la consecución de los objetivos planteados así como de los recursos disponibles.

Una vez se acabe de ajustar el Plan por parte de todos, el Centro lo envía telemáticamente dentro de la plataforma.

Además de este trámite telemático, otros imprescindibles son:


Instrumentos para la segunda fase:

Manual de DOCEO para COFOs DOCEO


Consejos prácticos:

Tercera fase: desarrollo, seguimiento y evaluación intermedia. De octubre a mayo.

Los servicios técnicos de apoyo (Inspección de Educación y Equipos de Orientación Educativa y Psicopedagógica) supervisarán los planes y podrán orientar a los equipos directivos en la identificación de ámbitos de mejora y establecimiento de objetivos.

De octubre a mayo tienen lugar las actuaciones de formación, bajo el seguimiento del COFO y Equipo Directivo.

Sigue siendo necesaria la colaboración continua entre el COFOs y otros Coordinadores de actividades y su Centro del Profesorado de referencia.

Tras la evaluación intermedia en enero, es posible incorporar alguna modificación en el Plan de Formación si se considera necesaria.


Consejos prácticos:


Cuarta fase: evaluación y memoria del Plan De Formación. Mayo-junio

A lo largo del mes de mayo se procede a efectuar la evaluación de cada actividad del Plan, y la evaluación del Plan en sí.

La evaluación consistirá en aplicar los criterios de evaluación utilizando los instrumentos planificados para ello (cuestionarios, observación, material generado, etc), y obtener unas conclusiones finales sobre el cumplimiento de los objetivos iniciales, y unas propuestas para el futuro.

Desde el punto de vista administrativo, ésta tiene lugar de nuevo telemáticamente a través de la plataforma Doceo, y será fruto de la colaboración entre el COFO y otros docentes coordinadores de actividades.

La Memoria debe recoger todas las actividades de formación y actualización en las que haya participado algún docente del centro, tanto las planificadas dentro de sus Planes de Formación como aquellas realizadas que hayan sido promovidas por la Administración Educativa u otras distintas que los docentes hayan realizado por iniciativa individual a lo largo del curso.

Los materiales generados por actividades en el marco de los Planes de Formación de los centros, deberán estar a disposición del Centro del Profesorado de referencia para su supervisión, en formato digital y por vía telemática. Se recomienda a los centros el desarrollo de un dossier de formación o portafolio recogiendo informes e históricos sobre los resultados de la aplicación de los indicadores de evaluación.


Consejos prácticos:

Resumen de las tareas del COFO asociadas directamente al Plan de Formación del Centro. Cuadro adaptado del ofrecido por el Centro del Profesorado Juan de Lanuza en su información de comienzo de curso:

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