C. Atención a las diferencias personales en el aprendizaje
La Ley Orgánica 3/2022 de 31 de marzo, de ordenación e integración de la Formación Profesional, que se prevé entre en vigor en el curso 2024/2025, contempla diferentes tipos de oferta de enseñanza en la F.P., para esta guía nos centraremos en las tipologías:
- Grado D: Ciclo formativo.
- Grado E: Curso de especialización.
Estas tipologías son aquellas que tienen una mayor presencia en los centros escolares de la CCAA de Aragón.
En los estudios de Grado D (CFGB, CFGM, CFGS, PCE) se prevén medidas de organización y estructura que pueden traer una mayor diversidad a nuestras aulas, tales como:
Artículo 40 punto 5 de la LO 3/2022 de ordenación e integración de la Formación Profesional:
"Los y las estudiantes podrán permanecer cursando un ciclo formativo, con carácter general, durante un tiempo máximo que no supere el doble de los cursos asignados al ciclo.
Cuando sus circunstancias personales así lo aconsejen, los y las estudiantes podrán beneficiarse, tras autorización de la administración educativa:
a) De una matrícula parcial en cada curso y disponer de un curso adicional, cuando tengan necesidades específicas de apoyo, permanentes o transitorias, debidamente justificadas, o compaginen la actividad formativa con la actividad laboral.
b) De adaptaciones del currículo basadas en medidas de flexibilización y alternativas metodológicas con enfoque de Diseño Universal para el Aprendizaje en la enseñanza y evaluación, en cuyo caso la evaluación tendrá como referencia la adaptación realizada."
La LO 3/2022 de ordenación e integración de la Formación Profesional en su artículo 44, establece los Ciclos formativos de grado básico (CFGB), que en su punto 4 nos dice: "...Jóvenes de hasta 21 años de edad con necesidades educativas especiales, una vez agotadas las medidas de adaptación en la oferta ordinaria, o cuando no sea posible su inclusión en dicha oferta ordinaria y sus necesidades no puedan ser atendidas en el marco de las medidas de inclusión y atención a la diversidad" , en su punto 7 dice: "Se establecerán las medidas más adecuadas para que las condiciones de realización de los procesos asociados a la evaluación se adapten a las necesidades de cada persona en formación con necesidad específica de apoyo educativo"
En cuanto al régimen de la oferta formativa se establecen 2:
- Régimen general (artículo 66)
- Régimen intensivo (artículo 67), viene a ser el equivalente de que ahora conocemos como FP Dual. Es decir que combina la formación en centro escolar con un amplio periodo de formación en empresa (superior al 35% de la duración total de la formación) y esta vinculada a un contrato de formación con al empresa.
Con respecto a las modalidades en el artículo 68 se nos presentan 3:
- Presencial
- Semipresencial
- Virtual
Freepik. Clase virtual. (CC BY-SA)
Así mismo se establece (como venia siendo) el carácter modular de la F.P., permitiendo a los centros llevar a cabo oferta completa o modular (artículo 69).
En los artículos 70, 71 y 72 se abordan las modalidades dirigidas a colectivos específicos:
- Personas con necesidades educativas especiales.
- Personas con especiales dificultades formativas o de inserción laboral.
- Colectivos en situaciones de relación de sujeción especial.
Hasta aquí hemos recogido las situaciones de atención a las diferencias personales en el aprendizaje que se recogen en la Ley Orgánica 3/2022 de 31 de marzo, de ordenación e integración de la Formación Profesional (resaltadas en negrita). Para la atención de todas las personas participantes en estas modalidades y tipologías formativas tendremos que hacer un esfuerzo consciente por adaptarnos a sus circunstancias personales, para lo cual existen innumerables tecnologías digitales que pueden ayudarnos.
Antes de abordar un ejemplo de estas últimas, no quiero cerrar este apartado sin mencionar al alumnado que pierde el derecho a la evaluación continua por inasistencia a más del 15% de la duración total del módulo (que se puede producir por circunstancias diversas como la conciliación familiar, laboral, accidentes, etc.) este alumnado pese a haber perdido el derecho a la evaluación continua no ha perdido el derecho recibir su formación y por tanto hemos de atenderlo.
Veamos un ejemplo:
¿Cómo atender al alumnado matriculado en modalidad virtual con tecnologías digitales?
Tecnologías digitales que podemos utilizar:
- Hardware:
- PCs de los respectivos departamentos
- Servidores de la DGA
- Equipo de grabación de audio.
- Equipo de grabación de video.
- Software:
- En la nube:
- Aeducar (Espacio Virtual de Aprendizaje, EVA)
- G-Suite (email, espacio de trabajo, edición de documentos online y colaborativa, videoconferencias, agenda, calendario)
- Youtube (vídeos)
- Ivoox (audios)
- Genially (presentaciones)
- Canva (presentaciones)
- Simuladores
- En local:
- Audacity (editor de audio)
- OBS (manejo de streaming)
- OpenShot (editor de vídeo)
- Libre Office (editor de documentos)
- En la nube:
Medidas metodológicas digitales:
- Revisión diaria, de lunes a viernes, de los emails y del EVA.
- Grabación y difusión (enlaces en el EVA, subido a youtube privado) de las clases.
- Grabación y difusión (enlaces en el EVA, subido a Ivoox) de un podcast sobre el módulo.
- Participación activa en los foros del EVA con al menos una actividad de refuerzo y una actividad de ampliación por Unidad de Trabajo prevista.
- Contacto mensual con el el 100% del alumnado del módulo de forma asíncrona (chat EVA, email, entregas, etc.)
- Elaborar ejercicios de autoevaluación con una estructura similar a las pruebas de evaluación, con un mínimo de una para cada Unidad de Trabajo prevista.
- Mantener al menos una sesión síncrona cada mes con el alumnado que decida acudir.
- Poner a disposición del alumnado a través del EVA, Drive, etc el 100% de los materiales trabajados en las sesiones, vídeos, podcast, etc. en formatos libres.
- Recepcionar los trabajos y tareas en formatos libres siempre que sea posible.
Haz una reflexión sobre las tecnologías digitales y metodologías que ya utilizas en tu día a día y las que te gustaría implementar.