Creación de Contenidos Digitales y Derechos de Autor
La creación de contenidos digitales dentro del área 6 (Competencia digital del alumnado), es entendida de la siguiente manera según el MRCDD:
Se entiende como contenido digital cualquier producción elaborada por medios digitales: texto,
imágenes, vídeos, programas informáticos, actividades interactivas… El contexto de aplicación es la
creación de situaciones de enseñanza y aprendizaje en las que el alumnado deba crear y editar
contenidos digitales accesibles en distintos formatos, con distintos dispositivos y [...]Se deberán plantear actividades para el desarrollo de un adecuado ejercicio y respeto de los
derechos de autor y de propiedad intelectual y el análisis, desde el punto de vista de su
rentabilización económica, de los servicios que las empresas ofrecen de forma gratuita para la
creación o publicación de contenidos digitales.
Dichos contenidos, han sido trabajados a nivel técnico para los docentes en el ÁREA 2; Creación de contenidos digitales y el objetivo de este área debe ser desarrollar dichas habilidades técnicas en nuestro alumnado así como el conocimiento de las condiciones de los derechos de autor y las licencias abiertas.
Para recordar esa parte técnica, puedes refrescar tus conocimientos en la siguientes páginas del libro del área 2.
Creación y modificación de contenidos digitales.
Derechos de autor y licencias abiertas
Todas las obras literarias, artísticas y científicas tienen derechos de autor desde el momento de su creación, lo que significa que solo el autor tiene el derecho exclusivo de explotarlas (distribuirlas, modificarlas, publicarlas, exhibirlas públicamente, etc.) por un período de tiempo determinado. Si deseamos usar esa obra durante ese tiempo, debemos obtener una autorización explícita del autor. Después de ese período, la obra pasará al Dominio Público y se podrá usar libremente, siempre y cuando se respete la autoría y la integridad de la obra.
Pero, ¿qué sucede durante ese período de tiempo exclusivo? ¿Puedo como autor poner mi obra a disposición de otros sin tener que dar permiso a cada uno que lo solicite y respetando la Ley de Propiedad Intelectual? Sí, a través de una licencia abierta.
Las licencias abiertas permiten que, durante ese período de tiempo en el que el autor tiene la exclusividad de los derechos de explotación, otros usuarios puedan hacer uso de la obra bajo ciertas condiciones establecidas por el autor, sin tener que solicitar permiso o autorización.
Las licencias Creative Commons
Creative Commons (CC) licenses son un conjunto de licencias de derechos de autor que permiten a los autores compartir sus obras con otros de una manera más flexible que las licencias tradicionales de derechos de autor. Con estas licencias, los autores pueden elegir los términos bajo los cuales comparten sus obras, desde una licencia completamente libre que permite la reutilización sin restricciones hasta una licencia que requiere reconocimiento y no permite un uso comercial.
Las licencias CC son un sistema sencillo y fácil de entender para compartir y utilizar contenido de manera legal. Por ejemplo, si un fotógrafo quiere compartir sus imágenes con el mundo, puede elegir una licencia CC que permita a otros descargar, compartir y modificar sus imágenes siempre y cuando se mencione al autor original. De esta forma, otros pueden utilizar esas imágenes para sus proyectos personales o comerciales sin tener que preocuparse por los derechos de autor.
Por otro lado, si alguien quiere usar material con licencia CC para su proyecto, solo tiene que asegurarse de cumplir con los términos de la licencia. Por ejemplo, si la licencia requiere reconocimiento, el usuario debe incluir el nombre del autor original en su proyecto.
En resumen, las licencias Creative Commons son una forma fácil y efectiva de compartir y utilizar contenido de manera legal, permitiendo a los autores controlar cómo quieren que se utilice su trabajo y a los usuarios utilizar contenido de manera responsable y sin preocupaciones sobre derechos de autor.
Entre las posibles condiciones que se ofrece Creative Commons están las siguientes:
Estas 4 condiciones, combinadas dan lugar a los 6 posibles tipos de licencia Creative commons:
Cedec. Licencias Creative Commons (CC BY-SA)
Youtube. HQV6. HAY QUE VER... LAS LICENCIAS. Cedec_Intef
Información extraída de Las licencias Creative Commons: qué son, por qué utilizarlas y cómo hacerlo de CEDEC.
• Puedes trabajar estos contenidos en tu aula con diversidad de recursos interactivos, como estos paneles de la web cerebriti.
• También puedes tomar como inspiración el juego (inglés) Copyright Dough:
https://www.bne.es/es/blog/biblioteconomia/2021/04/27/copyright-dough-una-manera-divertida-de-ensenar-derechos-de-autor
https://www.ariadne.ac.uk/JIL/article/view/PRJ-V15-I1-1/2930
https://www.cerebriti.com/juegos-de-derechos+de+autor/tag/mas-recientes/