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Definiremos licencia en el ámbito digital como una autorización que el autor de un contenido digital da a otras personas sobre lo que pueden o no pueden hacer con dicho contenido.
Hay que recordar que los autores son y serán siempre los propietarios de dichos recursos, por ello, hay que conocer y respetar las condiciones o licencias de uso que han definido para dichos materiales.
Según el artículo 2 del Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual: “La propiedad intelectual está integrada por derechos de carácter personal y patrimonial, que atribuyen al autor la plena disposición y el derecho exclusivo a la explotación de la obra, sin más limitaciones que las establecidas en la Ley.”
Los derechos de autor son, por tanto, los derechos que tienen las personas físicas o jurídicas creadoras de las obras. El derecho de autor protege una amplia gama de obras, entre ellas destacan: las obras escritas, las obras musicales, las obras artísticas, las obras dramáticas y coreográficas, las películas y productos multimedia o los programas informáticos entre otros. En definitiva, el derecho de autor, protege la forma en la que se expresan ideas, pero no las ideas en sí mismas.
A continuación, a modo de introducción te proponemos que veas el siguiente vídeo de la webserie “¡Hay que ver… lo que está cambiando la educación!”