3.9. Legislación
Normativa
Retribución de tutorización
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Pago tutorización Resolución 1/1/17 (pdf - 1.42 MB).
- €/alumno = 0.7*Num_horas_curso
- Maximo 2.400€
- Sólo cuentan alumnos reales = que hayan aprobado un módulo
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Retención IRPF actualmente 15% Ver tabla de retenciones
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Límites:
- 2.400€/año por tutorizar
- Para el cómputo de horas máximo en materia de incompatibilidades, es la tercera parte de horas del curso. Art 12
- Funcionarios: Según Art. 33 del R.D. 462/2002, 30/5 (BOE 129) no hay que sobrepasar el total de las remuneraciones anuales por colaboración en actividades de formación del profesorado el 25% de las retribuciones [ver]
- Límite para no ser autónomo: 9.080€/año [ver]
- El límite de alumnos a tutorizar es 40 (Artículo 11 ORDEN ECD/579/2019 por la que se regula la convocatoria, reconocimiento, certificación y registro de las actividades de formación permanente del profesorado no universitario).
- Normativa en materia de incompatibidades para funcionarios :
- (Ley 53/1984 que dice en su artículo 19 b): La dirección de seminarios o el dictado de cursos o conferencias en Centros oficiales destinados a la formación de funcionarios o profesorado, cuando no tenga carácter permanente o habitual ni supongan más de setenta y cinco horas al año, así como la preparación para el acceso a la función pública en los casos y forma que reglamentariamente se determine.
- Punto 2 Anexo III de la normativa pendiente de publicar: Para el cómputo del límite máximo de horas de docencia al año establecido en la normativa en materia de incompatibilidades se considerarán horas efectivas de docencia en los cursos on line, una tercera parte del número de horas totales del curso.
- En resumen: Para todos los funcionarios máximo 75x3=225 horas de tutorización online en el caso de que no tengan otra actividad, pues las 75h son en total por todo.