Los COFOs de los centros
El mencionado DECRETO 166/2018, de 18 de septiembre, del Gobierno de Aragón, por el que se regula la formación del profesorado de enseñanzas no universitarias que presta sus servicios en centros docentes sostenidos con fondos públicos en la Comunidad Autónoma de Aragón. establece lo siguiente en su artículo 21 puntos 1 y 3 lo siguiente:
1.En todos los centros docentes de la Comunidad Autónoma de Aragón sostenidos con fondos públicos y en los Equipos de Orientación Educativa de Infantil y Primaria, existirá un coordinador o coordinadora de formación
3.El coordinador de formación impulsará y promoverá las actuaciones de formación del profesorado que afecten al profesorado del centro, constituyendo éstas el Plan de Formación de Centro que deberá formar parte de la Programación General Anual.
Es por tanto obligatoria la creación de un Plan de Formación y la existencia de la figura oficial del COFO en los centros educativos de Aragón. Esto significa la asignación de corresponsabilidades en la Formación de su Profesorado a los centros formativos, y la asunción inmediata por parte de los centros tanto de esas corresponsabilidades como de sus consiguientes tareas para hacerlas efectivas. Cada centro escolar se ha convertido en generador de formación permanente personalizada para su propio Claustro, y cada COFO en un potencial asesor para esa formación.
Pero, ¿dónde podemos localizar a los COFO en los marcos regulatorios de los centros educativos?
Todas las Órdenes e Instrucciones que regulan los funcionamientos de los centros educativos en Aragón recogen un listado de Órganos de Coordinación Docente. Éstos pueden ser:
- Equipos didácticos (en centros de Educación Infantil y Primaria y de Educación Especial).
- Comisión de Coordinación Pedagógica.
- Departamentos (Centros de Educación Secundaria y Centros Integrados de Formación Profesional).
- Otras funciones de Coordinación.
En todos los centros, los COFO ejercen “Otra función de Coordinación” Docente. En los CIFP la figura del COFO coincidirá con el Jefe del Departamento de Innovación y Transferencia de Conocimiento. En los IES, a partir de la ORDEN ECD/401/2016, de 25 de abril, por la que se crea el Departamento de Innovación y Formación Educativa en todos los Institutos de Educación Secundaria de la Comunidad de Aragón, de titularidad del Gobierno de Aragón, esta figura coincide con el Jefe del Departamento de Innovación y Formación Educativa.
En la actualidad, las responsabilidades del COFO trascienden por lo tanto las de un mero planificador de formación, quedando asociadas irremediablemente a las de Coordinador de la Innovación Educativa, no sólo en los CIFP y en los IES, sino también en los centros de Educación Infantil y Primaria y de Educación Especial tras la aprobación de la Órden de 14 de junio de 2016, de la Consejera de Educación, Cultura y Deporte, por la que se modifica la Orden de 26 de Junio de 2014 de la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, por la que se aprueban las instrucciones de organización y funcionamiento de los Colegios Públicos de Educación Infantil y Primaria y de Educación Especial de la Comunidad Autónoma de Aragón. En su artículo único punto dos especifica que el Coordinador de Formación del Profesorado asumirá además las funciones de coordinación e impulso de la Innovación Educativa.
En cuanto a otras Escuelas como las de Arte, Oficiales de Idiomas, Escuelas Superiores y Conservatorios, las normativas de organización de los centros e instrucciones de comienzo de curso han ido también poco a poco adaptándose e incluyendo o bien un “responsable de formación” o la figura del “Coordinador de Formación” tras el Decreto de Formación, aunque con menor insistencia en su función de coordinador de la innovación.
En algunos centros educativos la figura del COFO es asumida por alguno de los miembros del Equipo Directivo, pero en ningún caso es obligatorio que ésto sea así. En ocasiones, la inestabilidad del Claustro o la negativa de los compañeros a asumir esta función voluntaria, fuerza al Equipo Directivo a encargarse directamente de esas funciones.
Las distintas normativas que regulan la formación del profesorado, la coordinación y organización de los centros educativos, las instrucciones anuales para los centros contemplan también otros muchos temas asociados, como la selección de los COFOs en los centros educativos, las compensaciones en horas de reducción, el reconocimiento de la tarea realizada o las funciones de deben realizar, y que es el contenido específico del tema siguiente de este módulo.
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