Permanencia, promoción y titulación en FP
Permanencia
Este aspecto viene regulado en el artículo 17 del Decreto 91/2024, de 5 de junio. De esta forma, el alumnado:
- Que curse un un Ciclo Formativo de Grado Básico podrá permanecer en el mismo durante un máximo de cuatro cursos académicos.
- En matrícula completa y modalidad presencial, podrá permanecer cursando un Ciclo Formativo de Grado Medio o de Grado Superior durante un máximo de dos cursos académicos, consecutivos o no, adicionales a la duración prevista. En modalidad virtual y semipresencial, podrá permanecer un máximo de seis cursos consecutivos.
- Podrá permanecer cursando un Curso de Especialización un máximo de dos cursos académicos.
- Podrá realizar la formación en empresa u organismo equiparado en un máximo de dos ocasiones en el marco de una oferta formativa.
- Que no promocione o no titule tendrá derecho a reserva de plaza como repetidor.
Promoción
En los Ciclos Formativos de Grado Básico promocionarán a segundo curso, además del alumnado que haya superado todos los ámbitos, aquel en el que confluyan las siguientes condiciones:
- Que, en caso de que tenga módulos profesionales del Catálogo Modular de Formación Profesional pendientes, incluido el módulo de Itinerario personal para la empleabilidad, estos no superen el 20% del horario semanal.
- Que haya superado el Ámbito de Comunicación y Ciencias Sociales o el Ámbito de Ciencias Aplicadas.
En los Ciclos Formativos de Grado Medio y de Grado Superior, en la modalidad presencial, promocionarán a segundo curso, además del alumnado que haya superado todos los módulos, aquel que, en caso de que tenga módulos profesionales del Catálogo Modular de Formación Profesional pendientes, en su conjunto, no excedan de 10 periodos lectivos de acuerdo con el horario del Ciclo Formativo correspondiente regulado para la Comunidad Autónoma de Aragón.
Es importante tener en cuenta que el/la alumno/a que no promocione o no titule deberá realizar de nuevo la formación en empresa u organismo equiparado de los resultados de aprendizaje en relación a los módulos no superados.
Titulación
Para obtener el título del Grado D o del Grado E correspondiente se requiere la evaluación positiva de todos los módulos y, en su caso, ámbitos y Proyecto intermodular que lo componen. El título que se obtiene es:
- Técnico/a Básico/a del perfil profesional correspondiente, para quien supere un Ciclo Formativo de Grado Básico.
- Técnico/a del perfil profesional correspondiente, para quien supere un Ciclo Formativo de Grado Medio.
- Técnico/a Superior del perfil profesional correspondiente, para quien supere un Ciclo Formativo de Grado Superior.
- Especialista de Formación Profesional del perfil profesional correspondiente, para quien supere un Curso de Especialización de Grado Medio.
- Máster de Formación Profesional del perfil profesional correspondiente, para quien supere un Curso de Especialización de Grado Superior.
En el caso de los Ciclos Formativos de Grado Básico, la superación de los tres Ámbitos y el Proyecto incluidos en un Ciclo Formativo de Grado Básico supondrá la obtención del título de Graduado/a en Educación Secundaria Obligatoria.
Aquellas personas que no superen en su totalidad las enseñanzas de los Ciclos Formativos de Grado Básico, Medio o Superior, o Cursos de Especialización, recibirán una certificación académica de los módulos profesionales, y en su caso ámbitos, superados, que tendrá efectos acumulativos en el Sistema de Formación Profesional, Y que dará derecho a la expedición por la Administración competente de los certificados o acreditaciones de grado inferior, de mayor nivel, del Sistema de Formación Profesional que pudieran coincidir con el o los módulos profesionales superados.