La Programación Didáctica. Deshaciendo la madeja.
Competencias en las distintas leyes educativas
Las competencias han experimentado una gran transformación con la llegada de la LOMLOE, aunque no son un concepto nuevo en nuestro sistema educativo. A continuación, haremos un breve repaso de su evolución para comprender mejor este enfoque y, luego, nos centraremos en las novedades que introduce la LOMLOE.
Las competencias básicas en la LOE (2006): A finales del siglo pasado, surgió una creciente preocupación sobre la falta de preparación práctica de los estudiantes para enfrentar las demandas de un mundo cada vez más globalizado. En términos simples, se observaba que los alumnos acumulaban conocimientos teóricos, pero tenían dificultades para aplicarlos y reflexionar sobre ellos en situaciones reales. Por ello la LOE incluye ocho competencias básicas.
Las competencias clave en la LOMCE (2013): La Recomendación 2006/962/EC del Parlamento Europeo, sobre competencias clave para el aprendizaje permanente, instó a los Estados miembros a desarrollar la oferta de competencias clave. Esto ayudó a delimitar el concepto de competencia, entendida como una combinación de conocimientos, habilidades o destrezas, y actitudes adaptadas al contexto. Las competencias clave se definieron como aquellas que todas las personas necesitan para su desarrollo personal, la ciudadanía activa, la inclusión social y el empleo. Así, el aprendizaje del alumno dejó de centrarse solo en conceptos teóricos para incluir el desarrollo de habilidades, destrezas y actitudes necesarias para su aplicación en la vida cotidiana. La LOMCE incluye siete competencias clave.
La Recomendación del Consejo de la Unión Europea del 22 de mayo de 2018, sobre competencias clave para el aprendizaje permanente, define las competencias como una combinación de conocimientos, habilidades y actitudes, cada una con características específicas:
Conocimientos: Comprenden hechos, datos, conceptos, ideas y teorías establecidas que facilitan la comprensión de un área o tema en particular (conocimiento declarativo, o "saber decir").
Habilidades: Se refieren a la capacidad de ejecutar procesos y aplicar conocimientos para lograr resultados concretos (conocimiento procedimental, o "saber hacer").
Actitudes: Describen la disposición y mentalidad para actuar o responder ante ideas, personas o situaciones (conocimiento actitudinal, o "saber ser").
Las Recomendaciones de la UE definieron 8 competencias clave, muy similares a las adoptadas en la LOMLOE que buscaban identificar las competencias clave necesarias para fomentar la empleabilidad, el desarrollo personal y la salud, así como para promover una ciudadanía activa y responsable e impulsar la inclusión social. La LOMLOE incorporó estas recomendaciones de la UE, así como los retos recogidos en el documento Key Drivers of Curricula Change in the 21st Century de la Oficina Internacional de Educación de la UNESCO y los Objetivos de Desarrollo Sostenible de la Agenda 2030, adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en septiembre de 2015.
A partir de estos marcos internacionales, se establecieron las competencias clave que el alumnado debía desarrollar para enfrentar los desafíos globales del siglo XXI. Los Reales Decretos 217/2022 y 243/2022, que fijan las enseñanzas mínimas e introducen como novedad, el perfil de salida competencial y las competencias específicas, definen las competencias clave en el artículo 2: ”los desempeños que se consideran imprescindibles para que el alumnado pueda progresar con garantías de éxito en su itinerario formativo, y afrontar los principales retos y desafíos globales y locales”.
Además, los Reales Decretos dejan claro que la adquisición de cada una de las competencias clave contribuye a la adquisición de todas las demás: no existe jerarquía entre ellas, ni puede establecerse una correspondencia exclusiva con una única área, ámbito o materia, sino que todas se concretan en los aprendizajes de las distintas áreas, ámbitos o materias y, a su vez, se adquieren y desarrollan a partir de los aprendizajes que se producen en el conjunto de las mismas.
Las competencias clave representan los desempeños esenciales que el alumnado debe integrar para avanzar con éxito en su itinerario formativo. Estos conocimientos y habilidades les permitirán enfrentar los principales retos y desafíos tanto en el ámbito escolar como en su vida cotidiana.
Es importante señalar que estos saberes no se refieren a metas finales que los estudiantes deben alcanzar, sino a un proceso de aprendizaje gradual que se va construyendo conforme adquieren distintos conocimientos. Por ello, evaluar la adquisición de estas competencias implica verificar el nivel de dominio que cada estudiante ha desarrollado en relación con cada una de ellas.
Al diseñar la programación didáctica se debe realizar un desarrollo integral, abordándolas de forma transversal desde diversas áreas de conocimiento. Esto garantizará un impacto positivo en el aprendizaje permanente de los estudiantes, ya que estas competencias continuarán desarrollándose a lo largo de toda su vida. Por tanto, deben trabajarse en todas las etapas educativas para consolidarse adecuadamente.
En escuelas de arte (Bachillerato en la modalidad de Artes y enseñanzas profesionales de Artes Plásticas y Diseño de grado medio y superior) cada departamento didáctico presentará las programaciones didácticas a inicio de curso siguiendo las directrices generales establecidas por la Comisión de Coordinación Pedagógica (CCP) y la información recogida en el punto 5 del artículo 84 del Decreto 172/2013 de 22 de octubre (BOA de 4 de noviembre):
- Los objetivos, contenidos y criterios de evaluación para cada uno de los cursos que conforman las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño y para el bachillerato en la modalidad de artes.
- La distribución temporal de los contenidos en el curso correspondiente.
- La metodología didáctica que se va a aplicar.
- Los criterios de calificación.
- Los procedimientos de evaluación del aprendizaje del alumnado.
- Los materiales y recursos didácticos que se vayan a utilizar.
- Las actividades complementarias, extraescolares, culturales y de promoción de las enseñanzas que se pretenden realizar desde el departamento.
- Las medidas de atención a la diversidad y las adaptaciones curriculares para el alumnado que lo precise.
Además, tendremos en cuenta la importancia que la LOMLOE deposita en algunos aspectos como son:
Enfoque competencial: Prioriza el desarrollo de competencias clave, como la comunicación lingüística, el pensamiento crítico o la competencia digital, entre otras. Esto implica que las programaciones deben integrarlas en las distintas áreas o materias, promoviendo un aprendizaje más práctico y transversal, no solo los conocimientos, sino también las habilidades y actitudes que se espera que los estudiantes desarrollen
Atención a la diversidad: Se impulsa una educación inclusiva que garantice igualdad de oportunidades para todo el alumnado. En este marco, las programaciones deben incluir medidas y estrategias que permitan adaptar la enseñanza y evaluación a las necesidades individuales de los estudiantes, favoreciendo así una educación flexible, equitativa y personalizada a diferentes ritmos y estilos de aprendizaje, ajustando objetivos y contenidos a contextos y realidades específicas de acuerdo con los principios del Diseño Universal para el Aprendizaje (DUA).
Metodologías activas: La ley promueve el uso de metodologías activas y participativas que fomenten la implicación del alumnado, el trabajo en equipo, la investigación y el desarrollo del pensamiento crítico. Las programaciones deben reflejar el uso de estas metodologías, alejándose de enfoques centrados exclusivamente en la transmisión de contenidos.
Evaluación formativa y global: Se subraya la importancia de una evaluación continua, formativa y global que permita retroalimentar el proceso de aprendizaje y evaluar el desarrollo de competencias. Las programaciones deben incluir criterios de evaluación claros y alineados con los objetivos, así como estrategias variadas para evaluar de manera integral que implique en los estudiantes una autorreflexión y evaluación de su propio aprendizaje.
En escuelas Superiores de Diseño (Grados en Diseño) cada departamento didáctico presentará las guías docentes a inicio de curso siguiendo las directrices generales establecidas por la Comisión de Coordinación Pedagógica (CCP) y la información recogida en el punto 6 del artículo 72 del Decreto 210/2014, de 2 de diciembre (BOA de 12 de diciembre):
- Los objetivos, contenidos y criterios de evaluación para cada una de las asignaturas y materias.
- La distribución temporal de los contenidos en el curso correspondiente.
- La metodología y/o didáctica que se va a aplicar.
- Los criterios de calificación.
- Los procedimientos de evaluación del aprendizaje del alumnado.
- Los materiales y recursos didácticos que se vayan a utilizar.
- Las actividades complementarias, culturales y de promoción de las enseñanzas que se pretenden realizar desde el departamento.
- Las medidas de atención a la diversidad y las adaptaciones curriculares para el alumnado que lo precise.
A continuación definiremos cada punto:
- Identificación de la asignatura: tabla en la que se especifique la denominación y tipo de asignatura, la materia a la que se vincula, especialidad o especialidades, cursos en los que se imparte, si son enseñanzas de grado: créditos ECTS totales, y horas lectivas semanales, prelación con otras asignaturas o especificación de que no requiere requisitos previos, así como calendario y horario de impartición.
- Descripción y contextualización de la asignatura en el marco de la titulación
- Los objetivos, contenidos y criterios de evaluación: objetivos y contenidos de la asignatura, desglosados por cursos, entre los que figurarán, literalmente expresados, los contenidos de la asignatura establecidos en el plan de estudios correspondiente. En estudios de grado: Competencias que desarrolla la asignatura, que deberán ser coherentes con las competencias transversales, generales y específicas del título correspondiente y entre las que figurarán, en todo caso, las establecidas para ella en el plan de estudios.
- La distribución temporal de los contenidos en el curso correspondiente: Calendario y, en su caso, cronograma de aplicación de las distintas actividades evaluables de la asignatura para cada una de las convocatorias, así como de publicación de los resultados obtenidos por el alumnado.
- La metodología: Metodología y procedimiento de evaluación del aprendizaje del alumnado, indicándose de manera precisa el tipo y número de pruebas o exámenes y los trabajos que, en su caso, deba realizar el alumnado, así como el resto de actividades evaluables. Las actividades evaluables que podrán ser propuestas en la guía docente serán las siguientes: exámenes parciales escritos u orales; examen final o global que podrá ser escrito u oral; actividades de carácter interpretativo; actuaciones musicales individuales o en grupo; actividades prácticas; seminarios o talleres; trabajos individuales o en grupo; presentaciones y exposiciones individuales o en grupo; participación en el aula; actividades virtuales. Asimismo, se especificarán los recursos, bibliografía y documentación complementaria.
- Los criterios de calificación:Desglosados por cursos, que serán objetivables y medirán el grado de aprendizaje alcanzado por el alumnado en relación con las capacidades establecidas en las competencias de la asignatura. Se precisarán la actividad o actividades a realizar, el contexto o condiciones de realización, el producto final y sus características.
- Los procedimientos de evaluación del aprendizaje del alumnado: incluirá la ponderación de las actividades evaluables en la calificación final de la misma para cada una de las convocatorias anuales, así como los requisitos mínimos para su superación.
Los materiales y recursos didácticos utilizados en el aula - Las actividades complementarias, extraescolares, culturales y de promoción de las enseñanzas que se pretenden realizar desde el departamento.
- Las medidas de atención a la diversidad y las adaptaciones curriculares, o en el caso de enseñanzas de grado que las adaptaciones serán de carácter metodológico a los materiales didácticos, las técnicas docentes y los procedimientos e instrumentos de evaluación.