Plan de Contingencia
El Decreto 91/2024 indica que la programación didáctica de cada módulo deberá incorporar un Plan de contingencia con las actividades que realizarán las personas en formación ante circunstancias excepcionales que afecten al desarrollo normal de la actividad docente durante un período prolongado de tiempo.
De esta forma, se trata de establecer las actuaciones a realizar en determinadas circunstancias como, por ejemplo, ausencia prolongada de la persona responsable del módulo. En esos casos se debe tener en cuenta si el módulo tiene previstos apoyos o desdobles, así como qué hacer si no hubiera persona sustituta o se retrasara su incorporación. También debe indicarse cómo se facilitará la información y recursos necesarios a la persona sustituta para facilitar su incorporación y poder continuar con la programación establecida desde el punto en el que se produjo la baja.
En ocasiones, los Departamentos establecen que se tengan preparados, si se considera, propuestas de actividades para que se puedan realizar durante esos tiempos con supervisión del profesorado de guardia, de forma que se favorezca la corrección de la desviación de la programación cuando se produzca la reincorporación de la persona titular o de la persona que va a sustituir.