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Títulos estatales y currículos autonómicos en FP

Tal como se recoge en el Real Decreto 659/2023, de 17 de julio, por el que se establece la ordenación del Sistema de Formación Profesional (BOE 22/07/2023), corresponde al Ministerio de Educación y Formación Profesional la definición de los aspectos básicos del currículo. Las disposiciones estatales que establecen los títulos de Formación Profesional o los Cursos de Especialización, y determinen sus características y contenidos básicos, han de tener, como mínimo, el contenido establecido en el artículo 83 (para el caso del Grado D) o del artículo 116 (para el caso del Grado E).

Por lo que respecta a los módulos profesionales, de acuerdo con lo establecido en la Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de ordenación e integración de la Formación Profesional (BOE 01/04/2022) establece dos tipos de módulos profesionales (artículo 2):

  • Módulo profesional asociado a estándares de competencia: la unidad coherente de formación cuya superación garantiza la consecución de las competencias asociadas.

  • Módulo profesional no asociado a estándares de competencia: la unidad coherente de formación, de carácter teórico o práctico, considerado imprescindible para la consecución de las competencias profesionales previstas.

Tal y como establece el artículo 9 del Decreto 91/2024, de 5 de junio, del Gobierno de Aragón por el que se establece la Ordenación de la Formación Profesional del Grado D y del Grado E en la Comunidad Autónoma de Aragón (BOA 06/06/24) "El módulo profesional está constituido por contenidos teórico-prácticos de conocimiento, orientados al logro de las competencias profesionales y para la empleabilidad. Podrá estar asociado, o no, según su naturaleza, a estándares de competencia".

Estos módulos profesionales están definidos en resultados de aprendizaje y criterios de evaluación.

La importancia que se da a la contextualización es tal que, el artículo 7 del Decreto 91/2024, de 5 de junio, indica que "El currículo de los Grados D y E, se establecerá de acuerdo con la realidad socioeconómica y las características geográficas, socio-productivas y laborales propias del entorno de implantación del título" y el artículo 8 del mencionado Decreto indica que "Los centros del Sistema de Formación Profesional desarrollarán los currículos de acuerdo las características del alumnado y del entorno".

Resulta importante tener en cuenta que, de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 659/2023, de 17 de julio, los contenidos que se establezcan en los currículos, tendrán carácter orientativo. Los contenidos que se vayan a impartir por cada módulo deberán especificarse en las correspondientes programaciones didácticas.

El artículo 5 del Decreto 91/2024, de 5 de junio, establece que "Corresponde a la persona titular del Departamento competente en las enseñanzas no universitarias el establecimiento de los currículos de las enseñanzas en las que se organizan los Grados D y E". Por ello, en nuestra Comunidad Autónoma se aprobaron tres Órdenes que regulan aspectos organizativos del currículo, siendo éstas las siguientes:

  • Orden ECD/841/2024, de 25 de julio, por la que se regulan aspectos organizativos del currículo y se establecen los currículos de determinados Ciclos Formativos de Formación Profesional de Grado Básico para la Comunidad Autónoma de Aragón.
  • Orden ECD/842/2024, de 25 de julio, por la que se regulan aspectos organizativos del currículo y se establecen los currículos de determinados Ciclos Formativos de Formación Profesional de Grado Medio para la Comunidad Autónoma de Aragón.
  • Orden ECD/843/2024, de 25 de julio, por la que se regulan aspectos organizativos del currículo y se establecen los currículos de determinados Ciclos Formativos de Formación Profesional de Grado Superior para la Comunidad Autónoma de Aragón.

En el siguiente enlace podrás consultar todos los Títulos estatales y los Currículos de los Ciclos Formativos aragoneses organizados por familia profesional: https://educa.aragon.es/-/formacion-profesional/curriculo-afdcurriculos/familias-profesionales-indice

También puedes consultar todos los títulos, organizados por familias profesionales en el siguiente enlace: https://www.todofp.es/que-estudiar/loe.familias-profesionales.html . Recoge para cada uno de ellos el Real Decreto que lo regula, los currículos de las diferentes Comunidades Autónomas y los centros donde se ofertan en todo el territorio nacional.

*Nota: lo recogido en este apartado respecto a la estructura de los Títulos y currículos de los ciclos formativos se refiere a títulos que conocemos como LOE.  Actualmente solo quedan vigentes 54 títulos LOGSE (ordenados por la Ley Orgánica de Ordenación General del Sistema Educativa)Educativo) cuya regulación puedes consultar en el siguiente enlace de la web TodoFP: https://www.todofp.es/que-estudiar/antiguos-titulos.html