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Protección de datos y evaluación (Ana)

Antes de plantearnos la utilización de herramientas digitales para la evaluación y calificación de nuestro alumnado en una organización educativa, es muy importante tener especial cuidado con la protección de los datos personales del alumnado, en su mayoría menores de edad.

Datos personales son el nombre, el número del expediente académico, su dirección, su DNI o una fotografía. En el caso de alumnado, también lo son sus datos y resultados académicos.micos, lo que afecta especialmente en el caso de la evaluación.

En concreto, el Real Decreto-ley 14/2019, de 31 de octubre, por el que se adoptan medidas urgentes por razones de seguridad pública en materia de administración digital, contratación del sector público y telecomunicaciones, en sus artículos 3 y 4 especifica con claridad que:

  • En relación con los sistemas de identificación previstos en la letra c) del apartado anterior, se establece la obligatoriedad de que los recursos técnicos necesarios para la recogida, almacenamiento, tratamiento y gestión de dichos sistemas se encuentren situados en territorio de la Unión Europea (Artículo 3)
  • Los sistemas de información y comunicaciones para la recogida, almacenamiento, procesamiento y gestión del censo electoral, los padrones municipales de habitantes y otros registros de población, datos fiscales relacionados con tributos propios o cedidos y datos de los usuarios del sistema nacional de salud, así como los correspondientes tratamientos de  datos personales, deberán ubicarse y prestarse dentro del territorio de la Unión Europea. (Artículo 4)

Y este Real Decreto hace referencia no solo a menores de edad, sino a cualquier persona residente en la Unión Europea.

Habitualmente la administración proporciona herramientas digitales "oficiales" (GIR, SIGAD...) para la gestión final de las calificaciones, que garantizan el cumplimiento de la legislación en esa fase. Otra cuestión es el almacenamiento que se ha realizado por parte del profesorado de los datos hasta que se han cargado allí.

Seguro que  recuerdas los tiempos en que el profesorado iba con su cuaderno de notas, lugar preciado y precioso donde se almacenaban todas nuestras calificaciones. Es obvia la vulnerabilidad que implicaba esa situación, pero lo cierto es que atendiendo a criterios de protección de datos, quizás simplificaba mucho la cuestión en la que ahora nos encontramos, donde tenemos que ser mucho más conscientes de dónde estamos almacenando las calificaciones de nuestro alumnado, y asegurarnos de que se garantizan sus derechos.

Esto no quiere decir que ya no podamos usar herramientas tan populares como Kahoot, o formularios de Google para crear instrumentos de evaluación digital. Lo que deberemos hacer es utilizarlas de forma que incluyan el menor número de datos  de nuestro alumnado, de forma que no lo identifiquen unívocamente, o utilizarlas para fases como la evaluación inicial o formativa de forma que todavía no se consideran resultados académicos. Son especialmente recomendables aquellas apps que te permiten crear clases y registrar tu mismo a tu alumnado, al que puedes identificar con algún tipo de  idusuario por número o en clave, sin necesidad de que incluya nombre y apellidos.

En el caso de querer utilizar herramientas digitales como instrumentos de evaluación sumativa con los requisitos que eso requiere (inclusión de datos personales, calificación como resultado académico, etc...) deberemos recurrir en la medida de lo posible a aquellas alternativas que nos garanticen el cumplimiento de la ley, como por ejemplo la herramienta EuSurvey, sobre la que ya hay un curso disponible en Aularagón.

Por otro lado también determina el tipo de almacenamiento que damos a las calificaciones de nuestro alumnado si las tenemos en versión digital, siendo mucho más recomendable la utilización de ficheros locales protegidos con contraseña, o su almacenaje en plataformas como Aramoodle o Aeducar, cuyos servidores pertenecen a la administración. Si vamos a utilizar alguna otra de las opciones comerciales existentes como libros de calificación (Additio, Idoceo, Google Classroom...) deberíamos estar seguros de donde están los servidores en los que se almacenarán estos datos.

En concreto,este sicurso atendemoste alpresentaremos herramientas Realdigitales Decreto-leyy 14/2019,analizaremos algunas de 31ellas, pero es un criterio muy importante antes de octubre,seleccionar poruna herramienta u otra el que siempre nos hagamos estas preguntas: ¿el alumnado se adoptantiene medidasque urgentesregistrar? por¿qué razonesdatos dele seguridadpiden públicapara enello? materia¿donde dese administraciónvan digital,a contrataciónalmacenar delesos sector públicodatos? y telecomunicaciones,valorar y en concreto a sus artículos 3 y 4:
Son sus artículos 3 y 4 losaquella que lomejor cambianalternativa todo.ofrezca.
Con una salvedad no pequeña a tu pregunta, y es que no habla solo de los datos de los menores, si no de cualquier persona o empresa ubicada en la Unión Europea.