Unidad 1: Marco básico legislativo sobre Educación.
En Aragón no hay una ley autonómica propia de Educación, como ocurre en alguna Comunidad Autónoma. Estuvimos cerca de tener una pero no llegó a término, esto pasa en ciertas ocasiones. Nos regimos en Educación por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo (LOE). El 28 de noviembre de 2013, se modificó parcialmente con la aprobación de la LOMCE, la cual entró en vigor en el curso 2014/2015.
El Capítulo III de la LOE (artículos 100 a 103) se dedican a la formación del profesorado. Te recomiendo su lectura, es la base de todo. Sin ir más lejos el artículo 102.1 dice “La formación permanente constituye un derecho y una obligación de todo el profesorado y una responsabilidad de las Administraciones educativas y de los propios centros. “ La base de todo lo que vamos a ver a continuación. De nuevo en la LOMLOE en el punto uno bis del Artículo que modifica la LOE
Los poderes públicos prestarán una atención prioritaria al conjunto de factores que favorecen la calidad de la enseñanza y, en especial, la cualificación y formación del profesorado, su trabajo en equipo, la dotación de recursos educativos, humanos y materiales, las condiciones ambientales y de salud del centro escolar y su entorno, la investigación, la experimentación y la renovación educativa, el fomento de la lectura y el uso de bibliotecas, la autonomía pedagógica, organizativa y de gestión, la función directiva, la orientación educativa y profesional, la inspección educativa y la evaluación.
¿Y antes no había nada sobre formación del profesorado? Si, si si… en 1992. La Orden de 26 de noviembre de 1992 (B.O.E. de 10 de diciembre) de reconocimiento de actividades de formación es la abuela de las dos que vendrían después. Esta Orden vino de la mano de los sexenios. No os recomiendo que la leáis ya que prácticamente está en desuso.
Pero tras la LOE estaba claro que hacía falta una nueva reglamentación aunque no llegó hasta la ORDEN EDU/2886/2011 de 20 de octubre de 2011 (BOE de 28 de octubre). Era una ley más completa que la anterior y, al igual que la anterior, tenía carácter estatal.
Las CCAA con las transferencias en materia de educación fueron realizando una normativa propia adaptando la EDU/2886/2011 a su realidad. ¿Y en Aragón…? Pues tendrás que esperar hasta la Unidad 3 para descubrirlo.