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Primeras premisas…

En cuanto a la creación de contenidos digitales y en particular a contenidos educativos digitales debemos tener en cuenta algunas premisas como que los segundos deben ser estandarizados, identificados y catalogados para que se usen con dicho fin, administrándolos de manera responsable y, como ya hemos visto, respetando la normativa sobre derechos de autor y propiedad intelectual, al usarlos, modificarlos y compartirlos.

 

También han de atender a las necesidades de todo el alumnado (método DUA). Los elementos comunes que integran la creación y modificación de contenidos, tal y como veníamos diciendo, son la propiedad intelectual y derechos de autor, sistemas de catalogación y uso de metadatos y, finalmente, uso de estándares) se relacionan en este gráfico:

 

Si bien  para poder crear contenidos educativos digitales tenemos antes que buscar referentes y seleccionarlos aplicando un criterio de calidad y un análisis riguroso del contexto concreto en el que se van a aplicar teniendo en cuenta su uso en el proceso de enseñanza-aprendizaje y orientados hacia este fin, nos centraremos ahora en la modificación de los mismos o creación de unos nuevos atendiendo a las necesidades detectadas.

 

Para establecer el nivel competencial que nos compete (B2) debemos perfeccionar las herramientas de búsqueda, para la inclusión de metadatos y establecer nuevos criterios en cuanto a calidad técnica, veracidad y relevancia de contenidos.

 

Tendremos en cuenta estos tres aspectos primordiales:

  • Se usarán herramientas de autor para la modificación, diseño y creación de contenidos educativos digitales nuevos o derivados de otros contenidos con niveles de agregación crecientes. 
  • Se aplicarán criterios de calidad de los contenidos educativos digitales para su adaptación al alumnado con el que se trabaja y a los fines perseguido.