Derechos de autor
Derechos de autor
Los derechos de autor podemos definirlos como aquellos derechos que corresponden a la persona que crea alguna obra artística, literaria o científica, haya sido publicada o no.
La autoría como tal no depende de ningún procedimiento oficial. La autoría está legal y (casi) universalmente reconocida como derecho moral e inalienable que existe por el solo hecho de haber creado una obra. El Convenio de Berna para la Protección de las Obras Literarias y Artísticas establece que las obras literarias y artísticas quedan protegidas sin ninguna formalidad en los países parte en dicho Convenio. (xnet) La Inscripción previene el plagio, al poner en conocimiento del público la existencia de derechos protegidos sobre una obra. Se crea una prueba que a futuro ayudará al autor y titular de derechos a defenderse de una infracción, un plagio o incluso una acción reivindicativa de la titularidad de dichos derechos.
Son un conjunto de normas y principios que regulan Integran en derechos morales, y derechos patrimoniales. Son un conjunto de normas y principios que regulan los
Si nos sumergimos dentro de los derechos de autor, encontraremos dos tipos de derechos: los derechos morales y los derechos patrimoniales. Veamos cuál es la implicación de cada uno de ellos:
Dentro de los derechos patrimoniales, distinguiremos entre:
(xnet)Una obra pasa al dominio público cuando los derechos patrimoniales han expirado. Esto sucede habitualmente trascurrido un plazo desde la muerte del autor (post mortem auctoris). Por ejemplo, en España, 70 años desde la muerte del autor (80 años por autores fallecidos antes del 7 de diciembre de 1987). Dicha obra entonces puede ser utilizada en forma libre, respetando los derechos morales.