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6. Papeles y Legislación

PAPELES

NOMINILLA

  • En el caso de que tu labor tenga retribución, en está la nominilla (dale a descargar) debes completar los datos (NO olvides firmarla) y, después, enviarla por correo postal a la dirección indicada en la misma. 
  • En el caso de que no tenga retribución te podemos dar un certificado de autor con ISBN
  • Si es por elaboración de material didáctico esta es la nominilla

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LEGISLACIÓN

PAGO 

ElPor pagoacuerdo del equipo didáctico del Centro Aragonés de Tecnologías de la Educación, dentro de la RESOLUCIÓN del Director General de Innovación y Formación Profesional por creaciónla que se determina con carácter general el importe que corresponde a cada uno de contenidoslos estáconceptos contempladodel Acuerdo del 23 de marzo de 2022 del Consejo de Gobierno, publicado por normativa.ORDEN LaHAP/436/2022, legislaciónde referente1 ade abril para el ámbito docente de niveles educativos no universitarios, la retribución es la siguiente:será

  • 30€

    Pagola Resoluciónhora 16/12/16.

    de curso
    • Para evaluar las horas del curso, el creador/a tiene que enviarnos:
      • APARTADOAl NOVENOprincipio PORun CREACIONesquema Yde APORTACIÓNlos DEcontenidos CONTENIDOSpropuestos FORMATIVOSpara PARAconsensuarlos SUcon POSTERIORel CONVERSIÓNequipo ENde CURSOSCATEDU.
      • DE
      • Al TELEFORMACIÓNfinal, :las 25€fuentes porutilizadas y un esquema del proceso (el esquema de los contenidos con las horas que se han utilizado en cada hora lectiva de la acción formativa.
      • Remodelación = 25% sustancial = 50%.
      • APARTADO OCTAVO Para la elaboración de material curricular o didáctico, si el trabajo se cuantifica por horas: 25€/hora. En este caso la nominilla no es por creación sino por elaboración y es este enlaceapartado)
  • Acuerdo Gobierno de Aragón 27/9/16

  • Retención IRPF actualmente 15% Ver tabla de retenciones

LÍMITES

  • Límites:
    • Para el cómputo de horas máximo en materia de incompatibilidades, es la tercera parte de horas del curso. Art 12
    • Personal funcionario: Según Art. 33 del R.D. 462/2002, 30/5 (BOE 129) el total de las remuneraciones anuales por colaboración en actividades de formación del profesorado no deben sobrepasar el 25% de las retribuciones [ver]
    • Límite para no ser autónomo: 9.080€/año [ver]

CreadoresEnlace a legislaciones anteriores: Convocatorias pasadas de creación de cursos en Aularagón:

Tutorización: