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Pagos y Legislación

Sólo para personas físicas, no empresas. Instrucciones acordes a la normativa vigente Resolución del Director General de Innovación y Formación Profesional ORDEN  HAP/436/2022
En el caso de que no tenga retribución te podemos dar un certificado de autor con ISBN

Nominilla por creador, cursos NO MRR

  • En el caso de que tu labor tenga retribución, en está la nominilla (dale a descargar) debes completar los datos (NO olvides firmarla) y, después, enviarla por correo postal a la dirección indicada en la misma. Se admite por email con firma válida digital.

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Nominilla por creador y papeles a entregar en el caso de que son pagados con fondos MRR

Nominillas por elaboración de material didáctico, preparación y mantenimiento de kits...

  • Se evalúa por horas trabajadas
  • Si no está pagado por fondos MRR esta es la nominilla
  • Si es pagado por fondos MRR:

Nominilla por ponencia

  • Si no está pagado por fondos MRR esta es la nominilla
  • Si está pagado por fondos MRR:
    • esta es la nominilla
    • Anexo III al menos que lo hayas presentado en otras ocasiones
    • En el caso de que se superen los 500€ el asesor/a tiene que rellenar esta declaración

¿Cuánto se cobra?

Por acuerdo del equipo didáctico del Centro Aragonés de Tecnologías de la Educación (16/9/22), dentro de la RESOLUCIÓN del Director General de Innovación y Formación Profesional por la que se determina con carácter general el importe que corresponde a cada uno de los conceptos del Acuerdo del 23 de marzo de 2022 del Consejo de Gobierno, publicado por ORDEN HAP/436/2022, de 1 de abril para el ámbito docente de niveles educativos no universitarios, la retribución será

  • Por creación: 30€ la hora de curso
    • Para evaluar las horas del curso, el creador/a tiene que enviarnos:
      • Al principio un esquema de los contenidos propuestos para consensuar con el equipo de CATEDU una propuesta de horas de curso.
      • Al final, los contenidos y sus actividades, las fuentes utilizadas y un esquema del proceso (el esquema de los contenidos con las horas que se han utilizado en cada apartado) para evaluar definitivamente las horas.
  • Si es una modificación de contenidos existentes, según el porcentaje de modificación, a evaluar por el equipo:
    • 25% a 7.5€ la hora del curso (menos del 25% no se considera retribuible)
    • 50% a 15€ la hora del curso
    • 75% a 22.5€ la hora del curso (más del 75% se considera creación)
  • Retención IRPF actualmente 15% Ver tabla de retenciones
  • Si son varios creadores
    • Se reparte el número de horas entre los creadores y la suma tiene que coincidir con el total de horas del curso.

  • Por apoyo técnico, como revisar los kits de préstamo de los cursos 25€/hora de trabajo.
  • Por ponencia presencial a 75€/h, si hay horas de preparación, por ejem desplazamiento de +100km IyV : +35€/h

¿Qué límites hay?

  • Para el cómputo de horas máximo en materia de incompatibilidades, es la tercera parte de horas del curso. Art 12 Personal funcionario: Según Art. 33 del R.D. 462/2002, 30/5 (BOE 129) el total de las remuneraciones anuales por colaboración en actividades de formación del profesorado no deben sobrepasar el 25% de las retribuciones [ver], por ejemplo si tu retribución bruta anual son 30.000€ no puedes pasarte de 7.500€ anuales (la suma de todas las ponencias, tutorías, creación....)
  • Existe un límite en hacienda para no ser autónomo: en el 2015 era 9.080€/año [ver]
Enlace a legislaciones anteriores