6.-Papeles y Legislación
PAPELES
- En el caso de que tu labor tenga retribución, en está la nominilla (dale a descargar) debes completar los datos (NO olvides firmarla) y, después, enviarla por correo postal a la dirección indicada en la misma.
LEGISLACIÓN
El pago por creación de contenidos está contemplado por normativa. La legislación referente a la retribución es la siguiente:
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Pago Resolución 16/12/16.
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- APARTADO NOVENO POR CREACION Y APORTACIÓN DE CONTENIDOS FORMATIVOS PARA SU POSTERIOR CONVERSIÓN EN CURSOS DE TELEFORMACIÓN : 25€ por cada hora lectiva de la acción formativa.
- Remodelación = 25% sustancial = 50%.
- APARTADO OCTAVO Para la elaboración de material curricular o didáctico, si el trabajo se cuantifica por horas: 25€/hora. En este caso la nominilla no es por creación sino por elaboración y es este enlace
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Acuerdo Gobierno de Aragón 27/9/16
- Retención IRPF actualmente 15% Ver tabla de retenciones
- Límites:
- Para el cómputo de horas máximo en materia de incompatibilidades, es la tercera parte de horas del curso. Art 12
- Personal funcionario: Según Art. 33 del R.D. 462/2002, 30/5 (BOE 129) el total de las remuneraciones anuales por colaboración en actividades de formación del profesorado no deben sobrepasar el 25% de las retribuciones [ver]
- Límite para no ser autónomo: 9.080€/año [ver]
Creadores: Convocatorias pasadas de creación de cursos en Aularagón:
Tutorización:
- Instrucciones para las tutoras y los tutores con enlaces a los documentos de pautas de corrección
- Resolución CATEDU 19/9/2014
- Resolución CATEDU 21/4/2016
- Resolución CATEDU 10/7/2017