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1.2. La EPA en Aragón: destinatarios, oferta formativa, calendario y red pública de centros.

Pendiente de actualización normativa

1.2.1. Destinatarios:

  


Como has podido ver en el video, hay personas adultas de todas las edades, diferentes nacionalidades y sobre todo diferentes perfiles e intereses, que les han llevado a acercarse a sus respectivas aulas EPA.

El aprendizaje a lo largo de la vida es definido en el artículo 2 de la Ley 2/2019, de 21 de febrero, de aprendizaje a lo largo de la vida adulta en la Comunidad Autónoma de Aragón como:

"Se entiende por aprendizaje a lo largo de la vida adulta la totalidad de los procesos organizados de educación, sea cual sea su contenido, nivel o metodología, sean formales o no formales, ya sea que prolonguen, reemplacen, abran nuevas perspectivas de aprendizaje o  compensen la educación recibida en las escuelas, institutos y universidades, y en forma de  aprendizaje profesional, gracias a los cuales las personas adultas desarrollan sus aptitudes, enriquecen sus conocimientos, mejoran sus competencias técnicas o profesionales o les dan una nueva orientación, desarrollan su capacidad crítica, hacen evolucionar sus actitudes o su comportamiento en la doble perspectiva de un enriquecimiento integral de la persona y una participación en un desarrollo social, económico y cultural equilibrado, sostenible e independiente."

La Ley 2/2019, de 21 de febrero, de aprendizaje a lo largo de la vida adulta en la Comunidad Autónoma de Aragón, en su artículo 3, puntualiza que los destinatarios serán:

1. Las personas destinatarias de los planes, itinerarios y programas del sistema de aprendizaje a lo largo de la vida adulta son todas aquellas personas adultas que han superado la edad de escolarización ordinaria y que emprenden en la Comunidad Autónoma de Aragón una actividad de aprendizaje personal, social o de mejora y actualización de su cualificación profesional.

2. Serán objeto de atención preferente las personas con menor cualificación o en riesgo de exclusión social o laboral, los jóvenes carentes de cualificación que se encuentren fuera del sistema educativo y aquellas personas que pudieran presentar necesidad específica de apoyo educativo.

3. El departamento competente en materia de educación, de acuerdo con los criterios y requisitos que se establezcan, podrá incluir en procesos socioeducativos extraordinarios a aquellas personas que presenten especiales necesidades sociales o graves dificultades de adaptación escolar, de manera totalmente excepcional y agotadas todas las vías que ofrece la educación secundaria obligatoria, con la finalidad de darles una respuesta adecuada a su idiosincrasia personal y de que alcancen las competencias clave que les permitan continuar con su proceso formativo o las propias de la educación secundaria obligatoria.

A su vez, en el artículo 9 de la citada Ley se reflejan los requisitos de acceso según las enseñanzas de forma general, que se pueden complementar con la normativa específica de los centros de educación de personas adultas y con la normativa de las propias enseñanzas.

En resumen:Destinatarios EPA (1).jpg

Y siempre respetando la compatibilidad entre enseñanzas que conllevan a titulación. No podrán estar matriculados en dos enseñanzas que conlleven a titulación al mismo tiempo, ni cursarlas en dos centros diferentes a la vez.

1.2.2. Oferta formativa:

Programas según la Ley de Educación Permanente de Aragón.

La Ley 2/2019, de 21 de febrero, de aprendizaje a lo largo de la vida adulta en la Comunidad Autónoma de Aragón de Educación Permanente de Aragón, establece que los programas de educación permanente podrán pertenecer a los siguientes tipos:



IMPORTANTE:

Conocer la oferta y sus distintas modalidades será de vital importancia si queremos dar una adecuada orientación a nuestro alumnado.

Así distinguiremos, por un lado:

- Cursos enfocados a obtener una titulación (ESPA, FIPA, Ciclos Formativos de Grado Básico, bachillerato nocturno, los certificados profesionales, That's English o los cursos de Aula Mentor).

Y por otro, los cursos de extensión y promoción educativa,  como: Aprendizaje del sistema de escritura y alfabetización en español, inglés como lengua extranjera, Teatro en el aula, Historia de Aragón , Entrenamiento y apoyo a la memoria o Uso básico de dispositivos móviles y tabletas y cuya oferta completa puedes conocer a través de este enlace.

En esta página se recoge la oferta de educación permanente en Aragón y puedes consultar la referida a la educación a distancia:

https://epa.educa.aragon.es/educapermanente/

La página de Educaragón te ofrece, por otra parte, más información relativa a la regulación y normativa de estos estudios que, no obstante, serán objeto de un estudio más profundo y pormenorizado en los siguientes módulos de este curso.

La página web de https://epa.educa.aragon.es/educapermanente/ actualmente está desactualizada. El Departamento de Educación, Ciencia y Universidades está trabajando en una nueva página web en aragon.es que engloba toda la información de EPA en Aragón

1.2.3. Calendario de trámites:

Aunque cada año cambian las fechas exactas, los trámites suelen ser en los mismos meses. Abajo tienes un calendario orientativo:

Calendario de tramites.jpg

Hay que tener en cuenta que tenemos enseñanzas bimestrales, cuatrimestrales y anuales, para poder realizar convenientemente los principios, finales de cada curso y sus correspondientes evaluaciones.

Además, los equipos directivos al cargo de la gestión económica, deberán tener en cuenta las fechas de los trámites específicos de creación del presupuesto, y apertura y cierre de contabilidad.


1.2.4. Red de centros públicos:

Pendiente de actualización

La organización y red de Centros según la normativa.

La Ley 2/2019, de 21 de febrero, de aprendizaje a lo largo de la vida adulta en la Comunidad Autónoma de Aragón, en su artículo 25 especifica:

Los Centros de Educación de Personas Adultas tendrán carácter territorial, pudiendo establecerse a nivel comarcal o municipal y ejercerán funciones de coordinación, promoción y difusión para la inclusión y mejora educativa y sociolaboral de las personas adultas. Para cada uno de ellos, se establecerá una sede o ubicación principal, sin perjuicio de lo cual podrán ejercer sus funciones en distintas localidades o ubicaciones dentro del ámbito territorial.

mapacentros (1).png

Este es un mapa comarcal de Aragón con la distribución de CPEPA (del Plan de Aprendizaje Permanente de Aragón, curso 2018-19, editado por el Departamento de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón.)

En él apreciamos que algunas comarcas tienen varios centros, (Como en Zaragoza). Por otro lado, hay centros que atienden a varias comarcas, como es el caso del CPEPA Cella.

   Podrán crearse Aulas de Educación Permanente cuya titularidad corresponda a otra Administración o entidad sin fines de lucro distinta de la Diputación General de Aragón. Estas Aulas de Educación Permanente estarán adscritas a un Centro público de Educación Permanente. 

Tal como se establece en la Ley ALVA en su artículo 2:

"La Comunidad Autónoma de Aragón promoverá el aprendizaje a lo largo de la vida adulta en colaboración y buscando mecanismos de coordinación con otras Administraciones públicas, agentes económicos y sociales, y entidades educativas, culturales y sociales, como instrumento de inclusión y vertebración social y territorial para dar respuesta a las necesidades educativas, formativas, sociales y de acceso al mercado laboral de la población adulta."

 Con carácter anual, se convocan las subvenciones del Departamento de Educación, Ciencia y Universidades convocan las subvenciones a entidades locales de la Comunidad Autónoma de Aragón para el desarrollo de actividades de educación permanente, así como las subvenciones a entidades privadas de iniciativa social y ciudadana sin ánimo de lucro para la realización de actividades de educación permanente . También se convocan públicas de ayudas para la planificación y coordinación de actuaciones de aprendizaje a lo largo de la vida adulta de carácter provincial.