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5. Nociones básicas de actuación en emergencias y evacuación

5.1. Introducción y objetivos

En la actividad laboral de una empresa se pueden presentar circunstancias sobreveni­das, de carácter inesperado, que afectan en menor o mayor grado a la seguridad de las personas, de los bienes o del medio ambiente. Cuando ocurre alguna de estas circuns­tancias, se dice que hay una situación de emergencia.

Según se establece en la LPRL, el empresario, teniendo en cuenta el tamaño y actividad de la empresa y la posible presencia de personas ajenas a ella, debe analizar las po­sibles situaciones de emergencia y adoptar las medidas necesarias (primeros auxilios, lucha contra incendios y evacuación de los trabajadores) para evitar sus consecuencias. Para ello, el empresario designará al personal encargado de poner en práctica estas medidas (que deberá estar convenientemente adiestrado) y comprobará periódica­mente su correcto funcionamiento.

La organización de la empresa debería prever una actuación rápida y eficaz para salva­guardar la integridad y salud de los trabajadores y de la población externa, así como minimizar los daños a las instalaciones y al medio ambiente.

Al finalizar este capítulo habrá alcanzado los siguientes objetivos:

Conocer las actuaciones a realizar en las diferentes situaciones de emergencia que se contemplan en el procedimiento de emergencias de una empresa.

Conocer lo que se debería hacer en una situación de evacuación de los trabajadores de un centro de trabajo.

5.2. Situación de emergencia

Una situación de emergencia puede generar daños a las personas, instalaciones y me­dio ambiente.

Para evitar o minimizar dichos daños, en la empresa se debe prever y organizar adecua­damente el modo de actuación ante las emergencias.

Modo de actuación

El modo de actuación y la forma de dejarlo documentado dependerán de la valoración de la situación que se haga teniendo en cuenta el tamaño, el tipo de actividad y la pre­sencia de personas ajenas a la empresa.

Cuando el tipo de actividad del centro, establecimiento o dependencia, pública o pri­vada, pueda generar riesgo de emergencia más allá de la propia empresa afectando a empresas colindantes o a la ciudadanía, el titular estará obligado a adoptar las medidas de autoprotección correspondientes elaborando un Plan de Autoprotección según lo establecido en el Real Decreto 393/2007, por el que se aprueba la Norma Básica de Autoprotección.

Los pasos a seguir para controlar las emergencias serán los siguientes:

Identificación de los tipos de emergencias que pueden ocurrir y evaluación de la probabilidad de aparición, capacidad de control sobre la misma y gravedad de los resultados.

Elaboración de un documento que recoja la forma de actuar y los medios dispo­nibles tanto humanos como técnicos (medidas de emergencia, procedimiento de emergencia, plan de emergencia interior (PEI), plan de autoprotección, etc.) según proceda en cada caso por exigencia legal.

Información, formación y entrenamiento adecuados de los trabajadores, con el fin de garantizar el correcto desarrollo y entendimiento del plan.

Realización de revisiones de botiquines, etc., inspecciones de sistemas de protec­ción contra incendios, instalaciones, etc.

Realización de simulacros de emergencia y evacuación.

5.3. Tipos de emergencias

Las circunstancias que generan situaciones de emergencia pueden provenir del interior o del exterior del centro de trabajo y pueden estar relacionadas con la propia actividad, o no.

Así, pueden estar motivadas por:

la propia actividad: fuegos, explosiones, nubes de gases tóxicos, derrames nocivos, derrames de sustancias inflamables…;

el entorno tecnológico: accidentes de tráfico, emergencias en empresas cercanas, obras cercanas que impliquen derrumbamientos, deslizamientos o desprendimientos;

el entorno natural: terremotos, inundaciones, rayos, huracanes, nevadas, granizo…;

el entorno social: amenaza de bomba, atentados, robos…

5.4. Clasificación de las situaciones de emergencia

Las situaciones de emergencias no son todas iguales. Dependerán de su gravedad y de la posibilidad de afectar a mayor o menor superficie. La gravedad de la emergencia también determinará si es preciso evacuar o no, o si dicha evacuación debe ser parcial (una parte del centro de trabajo) o total (todo el centro de trabajo).

Las situaciones de emergencia se pueden clasificar, siguiendo el criterio de menor a mayor gravedad, en:

Conato de emergencia

Situación que puede ser neutralizada con los medios contra incendios y emergencias dis­ponibles en el lugar donde se produce, por el personal presente en el lugar del incidente.

Emergencia parcial

Situación de emergencia que no puede ser neutralizada de inmediato como un Conato y obliga al personal presente a solicitar la ayuda de un grupo de lucha más preparado, propio de la empresa, que dispone de mayores medios contra incendios y emergen­cias. Afecta a una parte de la empresa.

Emergencia general

Situación de emergencia que supera la capacidad de los medios humanos y materiales contra incendios y emergencias establecidos en el centro de trabajo y obliga a alterar toda la organización habitual de la empresa, sustituyéndola por otra de emergencia y teniéndose que solicitar ayuda al exterior. Afecta a la totalidad de la empresa.

5.5. Organización de las emergencias

Para cada situación de emergencia debe existir un plan de actuación que incluirá la organización de los medios humanos y técnicos para hacerle frente.

Ante una situación de emergencia, lo principal es salvaguardar a los trabajadores. Cuando la actividad de la empresa está dentro del catálogo oficial de actividades que puedan originar una emergencia, se deberá, además, prevenir y controlar los riesgos sobre las personas, los bienes y el medio ambiente.

Cualquier plan de actuación debe recoger un plan de evacuación cuyo fin es poner a las personas en un lugar seguro (dentro o fuera de la empresa).

Los documentos más habituales que contienen los planes de actuación ante emergen­cias pueden recibir algunos de los nombres siguientes. La elaboración de uno u otro depende de las exigencias legales de cada empresa en función de su complejidad, sector y ubicación (normativa local y autonómica):

Medidas de emergencia / Procedimiento de actuación en emergencia

Documento que prevé la organización de la respuesta ante situaciones de emergencias clasificadas, las medidas de protección e intervención a adoptar y los procedimientos y secuencia de actuación para dar respuesta a las posibles emergencias, garantizando la detección y alerta, la alarma, la intervención coordinada, la evacuación y el socorro, así como la información sobre las emergencias a las personas expuestas y la solicitud y recepción de los servicios de ayuda externa. Deberá recoger también la periodicidad de los simulacros y los responsables de llevarlos a cabo.

Cuando este documento forma parte de un plan de autoprotección, recibe el nombre de “Plan de actuación en emergencias”.

Plan de autoprotección

Documento que establece el marco orgánico y funcional previsto para un estableci­miento, centro, instalación…, con el objeto de prevenir y controlar los riesgos sobre las personas y los bienes y dar respuesta adecuada a las posibles situaciones de emergen­cia, en la zona bajo responsabilidad del titular de la actividad, garantizando la integra­ción de estas actuaciones en el sistema público de protección civil.

Será necesario elaborar un plan de autoprotección cuando la empresa o el centro de trabajo tengan características especiales, bien por ser de gran tamaño, bien porque la actividad a la que se dediquen implique riesgos especiales, bien porque estén afecta­das por una legislación especial.

Un plan de autoprotección deberá contener los siguientes apartados:

Descripción de la actividad.

Evaluación del riesgo.

Medios de protección.

Clasificación de las emergencias.

Integración del plan en otros de ámbito superior.

Implantación y mantenimiento.

Plan de evacuación

Documento que establece la forma en que debe trasladarse el personal en cada centro de trabajo, de forma ordenada y controlada, hacia lugares seguros interiores o exterio­res al centro, según sea evacuación parcial o total, respectivamente.

Indicará los recorridos de evacuación preferentes, las zonas seguras, los puntos de reu­nión, las precauciones y actuaciones seguras de los trabajadores y los responsables de la evacuación.

Actuación en situaciones de emergencia

Los planes de actuación deben contemplar la organización de los recursos humanos que el empresario destina para hacer frente a cada tipo de emergencia. Estas per­sonas constituyen las brigadas de emergencias o los también llamados equipos de actuación.

La composición de estos equipos y número de figuras con distintas responsabilidades dependerá del tamaño y complejidad de la empresa, no teniendo que disponer de to­das ellas, y pudiendo también asumir una persona las funciones de varias figuras.

Equipos de actuación-Brigadas de emergencia

Dentro de una organización compleja, las figuras con diferentes responsabilidades fren­te una emergencia podrían ser las siguientes:

Jefe de Emergencia (JE)

Es la máxima autoridad en el establecimiento durante las emergencias y hasta la llega­da de ayuda externa. Decide el momento de la evacuación. Debe estar permanente­mente localizable.

Jefe de Intervención (JI)

Es la máxima autoridad en el punto de la emergencia. Dirige y coordina a los equipos de intervención.

Equipos de primera intervención (EPI)

Grupos de un mínimo de dos trabajadores, con conocimientos básicos contra incendios y emergencias, que actúan combatiendo los conatos de incendio con extintores portá­tiles en su zona de actuación.

Sería recomendable que todos los trabajadores recibieran la formación imprescindible para ser EPI.

Equipos de segunda intervención (ESI)

Grupos de trabajadores con formación y entrenamiento suficientemente intensivo para la lucha contra cualquier tipo de emergencia.

Acuden al lugar donde se ha producido la emergencia cuando no ha podido ser con­trolada por el EPI.

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Equipos de primeros auxilios (EPA)

Grupos de trabajadores con la preparación imprescindible para realizar los primeros auxilios.

Equipos de alarma y evacuación (EAE)

Grupos de dos o tres trabajadores cuyas misiones serían las de dirigir ordenadamente a las personas hacia las salidas de emergencia correspondientes, verificando que nadie quede sin evacuar, y auxiliar a los heridos en colaboración con los equipos de primeros auxilios.

Reportan al Jefe de Emergencia, en el punto de encuentro, sobre la evacuación de su zona y las incidencias ocurridas.

En la organización de cualquier situación de emergencia debe considerarse la ubicación de un Centro de Comunicaciones (CC) en un lugar seguro, donde se pueda localizar al Jefe de Emergencia y desde donde este pueda localizar y comunicar con los equipos de actuación y la ayuda externa.

5.6. Simulacros

Para que las actuaciones, en una situación de emergencia, puedan ser las correctas y se compruebe su correcto funcionamiento e implantación, hay que ensayarlas periódi­camente.

Estos ensayos programados se llaman simulacros de emergencia y sus objetivos son:

Conseguir el hábito de las actuaciones en emergencias.

Detectar fallos o aspectos susceptibles de mejora, con la ventaja de no tener que sufrir una situación real de emergencia.

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Comprobar periódicamente el correcto funcionamiento de las medidas de emer­gencia.

Es importante actuar en todo momento con el mismo rigor que si fuera una situación real de emergencia.

La periodicidad de estos simulacros aparece recogida, de forma específica, en alguna normativa sectorial concreta y para algunas actividades, por ejemplo: aquellas empre­sas obligadas a elaborar un plan de autoprotección deberán realizar como mínimo un simulacro al año.

Resumen de aspectos importantes

_En una actividad laboral pueden pre­sentarse circunstancias que generen daños a las personas, instalaciones y medio ambiente. Cuando esto ocurre, se origina una situación de emergencia.

_Las situaciones de emergencia se cla­sifican, según su gravedad, en: Conato de emergencia, Emergencia parcial y Emergencia general.

Toda empresa debe identificar las dife­rentes situaciones de emergencia que pueden acaecer en la misma y elaborar un documento que recoja el procedi­miento de actuación en emergencias en el que se prevea la organización de la respues­ta ante situaciones de emergencias clasificadas, las medidas de protección e interven­ción a adoptar y los procedimientos y secuencia de actuación para dar respuesta a las posibles emergencias, garantizándose la detección y alerta, la alarma, la intervención coordinada, la evacuación y el socorro, así como la información sobre la emergencia a las personas expuestas y la solicitud y recepción de los servicios de ayuda externa.

Algunas empresas necesitan adoptar mayores medidas de seguridad por lo que debe­rán elaborar, a diferencia de las anteriores, un Plan de Autoprotección, que supone el establecimiento del marco orgánico y funcional previsto para un centro, instalación…, con el objeto de prevenir y controlar los riesgos sobre las personas y los bienes y dar respuesta adecuada a las posibles situaciones de emergencia, en la zona bajo respon­sabilidad del titular de la actividad, garantizando la integración de estas actuaciones en el sistema público de protección civil.

El Plan de emergencia, o el documento que se haya elaborado en la empresa para re­coger la forma de actuación ante estas, deberá ser difundido entre los trabajadores, los cuales serán informados del mismo y del modo en que deben actuar según qué tipo de emergencias, y especialmente la forma en la que deben actuar en caso de evacuación.

Los trabajadores que componen las Brigadas de emergencia deberán, además de lo anterior, recibir una formación teórica y práctica acorde a las responsabilidades que deban asumir en caso de emergencia, que se deberá repetir periódicamente.

Como información de apoyo para la actuación en emergencias se pueden emplear documentos tales como la Ficha Individual de Actuación, los Carteles Divulgativos y mecanismos de control sobre la presencia personal.

INFORMACIÓN DE APOYO PARA LA ACTUACIÓN EN EMERGENCIAS

Además del Procedimiento de actuación en emergencias, existen otros que de manera esquemática podrían aportar ayuda para recordar las actuaciones de emergencia co­rrespondientes a cada trabajador.

Las Fichas de Actuación de las Brigadas podría ser uno de estos documentos. En ella se podrían indicar de manera resumida, para cada componente de la brigada de emer­gencias, las acciones a efectuar según la emergencia, su gravedad, turno, etc.

En esta línea se pueden citar también los carteles divulgativos que, de manera esque­mática, presentarían en cada lámina las actuaciones para cada situación de emergencia.

Otro tipo de documento recordatorio para las actuaciones de emergencia podrían ser, en el caso de que se utilicen en la empresa, las tarjetas electrónicas individuales de control de presencia. En estas podrían ir inscritas las instrucciones a seguir por cual­quier trabajador, en las distintas situaciones de emergencia.