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2.1. TIPOS DE LICENCIAS

¿Puedo utilizar cualquier material que esté disponible en Internet para mis clases?

La respuesta es NO. Que un material sea accesible a través de las redes no implica que no esté sujeto a derechos de autor, que sea libre ni que se pueda copiar, redistribuir ni modificar. 

Toda obra tiene derechos de autoría desde el momento de su creación, independientemente de que esté registrada o no. Estos derechos incluyen los denominados derechos morales y los derechos patrimoniales. Los primeros abarcan aspectos como el reconocimiento de la condición de autor de la obra o el reconocimiento del nombre del artista sobre sus interpretaciones o ejecuciones; también el derecho de exigir el respeto a la integridad de la obra y a la no alteración de la misma. Por otro lado, los derechos patrimoniales son aquellos relacionados con la compensación económica por el uso de los mismos y suelen estar asociados al concepto anglosajón de copyright o derecho de copia.

Además existen el copyleft que engloba los tipos de licenciamientos con los que un autor libera alguno de sus derechos como, por ejemplo, el derecho a realizar copias de la obra, con o sin ánimo de lucro. 

Como docentes, habrá ocasiones en las que podamos utilizar materiales con derechos de autor bajo unas condiciones concretas. Será más fácil si dichos materiales tienen una licencia abierta, como Creative Commons (sobre las que trataremos un poco más adelante), y mucho más fácil aún si son obras de Dominio Público. Es importante tener en cuenta que el hecho de que un material no indique nada respecto a su licencia de uso no implica que sea libre. Todo lo contrario. En el caso de que un material no indique su licencia, se considera que tiene todos los derechos reservados.

Por tanto, el autor de un material debe conocer los tipos de licencias existentes para dotar de ellas a sus materiales o reutilizar las obras ajenas.

TIPOS DE LICENCIAS:
Copyright  Copyleft Creative Commons Dominio Público

copyright_dp_licencias.png

COPYRIGHT:

Lisa Simpson Disney GIF By The Simpsons en GIPHY

Es la licencia más estricta y restrictiva de todas. Tiene como lema “todos los derechos reservados”. El autor conserva todos los derechos y no puede ser utilizada su obra ni total ni parcialmente sin previa autorización por su parte. 

Se puede usar sin autorización del autor únicamente con fines educativos, en el marco del aula donde se imparte el contenido protegido. 

Dentro de este tipo de licencia, encontramos dos vertientes de derechos:

  • Derecho patrimonial: los derechos se pueden ceder y prescribir a cambio de dinero o reconocimiento (reproducción, distribución, comunicación…)

  • Derecho moral: los derechos no se pueden ceder ni prescribir.

Respecto a este tipo de licencia, te recomendamos leer este artículo sobre el Copyright y las obras que crean las inteligencias artificiales (como Wombo Dream).

Dream by Wombo

Para más información sobre la propiedad intelectual, te recomendamos visitar la web del Gobierno de España de Cultura y Deporte.


COPYLEFT:

Este grupo de licencias tiene como objetivo garantizar que cada persona que obtiene una copia de la obra pueda a su vez usar, modificar y redistribuir el propio trabajo y las versiones derivadas del mismo. Unas veces se permite el uso comercial de dichos trabajos y otras no, dependiendo de la voluntad del autor.

El copyleft reconoce los derechos de autor, pero da libre uso de la obra en cuestión siempre con unas pautas y unos reconocimientos.

Dentro de este tipo de licencias en contenidos digitales encontramos las licencias CC, GNU GPL y LAL.


CREATIVE COMMONS:

Este tipo de licencia se rige bajo el concepto de Copyleft, donde el autor permite el uso total o parcial de la obra, pero bajo unas condiciones específicas dictadas previamente por el autor.  Se podría decir que las licencias Creative Commons son un tipo de Copyleft.

Que una obra esté bajo este tipo de licencia, no quiere decir que dicha obra pierda derechos de autor, sino que es una manera de ejercerlos y poder ofrecer así derechos a terceras personas en determinadas condiciones. 

El sistema de licencias CC se basa en 4 condiciones para la cesión de los derechos de explotación de una obra:

Atribución

Reconocimiento

(Attribution - BY)

Debe reconocerse la autoría de la obra de manera adecuada.

La atribución obliga a identificar por su nombre al autor de la obra sin importar el uso que se haga de ella. Incluso aunque se cree un trabajo derivado ha de mencionarse al autor de la obra original. Se trata del único elemento que se encuentra en todas las licencias

No comercialo

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No Comercial

(Non Commercial - NC)

No se permite la utilización de la obra para fines comerciales.

Esta condición permite que el creador autorice cualquier tipo de uso, pero reservándose la eventual explotación económica de la obra. El autor puede explotar económicamente su obra, pero el usuario no. Lo que determina el carácter “comercial” es la compensación monetaria o el provecho económico. 

compartir igual

Compartir Igual

(Share Alike - SA)

Si se crea una obra derivada, debe distribuirse bajo la misma licencia que la obra original.

Si se incluye este elemento, quiere decir que está permitido a los usuarios realizar obras derivadas, traduciendo, modificando o adaptándola para crear nuevas obras pudiéndose distribuir bajo las mismas condiciones con las que se licenció la obra original. 

Sin obra derivada

Sin obras derivadas

(No Derivate Works - ND)

No se permite la distribución de obras derivadas basadas en ella.

Prohíbe la realización de obras derivadas de la obra original, así, la inclusión de este elemento autoriza a copiar la obra y a distribuirla pero sin la posibilidad de intervenirla. 

OPCIONES POSIBLES:

licencias-cc.png

CedecLicencias Creative Commons (CC BY-SA)

Dominio Público y Recursos Educativos Abiertos (REA)

Creative Commons también ofrece dos iconos más para las obras de Dominio Público.

No son licencias como tal, sino simplemente una marca para identificar las obras de este tipo con una ligera diferencia:

dominio público  Indica las obras que no están protegidas por derechos de autor (de explotación) y por tanto pertenecen al Dominio Público.
cc dominio público Es una marca que los autores de nuevas creaciones pueden otorgar a sus obras y que indica que renuncian a cualquier derecho sobre la misma, teniendo igual tratamiento que si se tratase de una obra en Dominio Público.

Qué son los REA.

El término Recursos Educativos Abiertos (REA) designa a materiales de enseñanza, aprendizaje e investigación en cualquier soporte, digital o de otro tipo, que sean de dominio público o que hayan sido publicados con una licencia abierta que permita el acceso gratuito a esos materiales, así como su uso, adaptación y redistribución por otros sin ninguna restricción o con restricciones limitadas (UNESCO 2012). Para comprender mejor este concepto aconsejamos la visualización del siguiente vídeo en el que se aborda el tema de manera sencilla:

CEDEC. Hay que ver... los REA


Los REA son contenidos de uso educativo que han sido publicados con licencia libre lo cual permite su reutilización, adaptación al aula, modificación y difusión gratis en la comunidad educativa. En definitiva los REA implican material para difundir, motivar y generar una nueva cultura educativa basada en nuevos contenidos educativos. Son recursos que se ofrecen a docentes, padres, alumnos y cualquier persona interesada en la educación ya que mediante su uso, modificación, difusión y mejora podemos adaptar el contenido de nuestra materia a nuestro alumnado, de manera completamente competencial y mediante el uso de las Tecnologías de la Información y de la Comunicación.

Gráfico explicando qué son los rea

Cedec. Qué son los REA (CC BY-SA)


Los REA incluyen:

  1. Contenidos de aprendizaje: cursos completos, materiales para cursos, módulos, contenidos, recursos, situaciones de aprendizaje, objetos de aprendizaje...
  2. Herramientas: software para la creación, entrega, uso y mejora del contenido de aprendizaje abierto, incluyendo búsqueda y organización de contenido, Entornos Virtuales de Aprendizaje, herramientas de desarrollo de contenidos, y comunidades de aprendizaje en línea.
  3. Licencias abiertas: licencias de derechos de autor que promuevan la publicación abierta de materiales, principios de diseño y adaptación local de contenido.


  

Recuerda, puedes encontrar varios links a Recursos REA dentro del Capítulo 4.1. BÚSQUEDA DE CONTENIDOS Y RECURSOS EDUCATIVOS en la Competencia 2.1 dentro de la sección Herramientas para búsqueda de contenidos y recursos educativos: Recursos REA.

RESUMEN DE LOS TIPOS DE LICENCIAS

Después de trabajar sobre los distintos tipos de licencias, creemos que esta imagen lo resume de manera sencilla y eficaz.

sema_foro_de_licencias_v2.png

CedecSemáforo de licencias (CC BY-SA) a partir de la obra de Dominio Público "CC Traffic Light" (CC BY-SA)