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PERMISO POR NACIMIENTO PARA LA MADRE BIOLÓGICA Y PERMISO POR ADOPCIÓN, POR GUARDA CON FINES DE ADOPCIÓN, O ACOGIMIENTO, TANTO TEMPORAL COMO PERMANENTE

 En el Manual de Instrucciones para la solicitud de permisos, licencias y situaciones administrativas del personal docente no universitario adscrito a Centros Educativos del Servicio Provincial de Zaragoza aparecen las siguientes indicaciones:

PERMISO POR NACIMIENTO PARA LA MADRE BIOLÓGICA Y PERMISO POR ADOPCIÓN, POR GUARDA CON FINES DE ADOPCIÓN, O ACOGIMIENTO, TANTO TEMPORAL COMO PERMANENTE:


El citado permiso se encuentra regulado en la Orden ECD/1479/2019, de 22 de octubre, sobre permisos, licencias y medidas para la conciliación de la vida personal y familiar y laboral de personal funcionario docente no universitario de la Comunidad Autónoma de Aragón, y la Orden ECD/1480/2019, de 22 de octubre, la cual, regula este tipo de permisos para el personal interino.

Requisitos:

  • El plazo máximo del permiso en el año 2021 es de 16 semanas en total, hasta que el niño cumpla un año.
  • Disfrute de 6 semanas ininterrumpidas y obligatorias a partir del nacimiento. El resto del permiso puede disfrutarse interrumpidamente por semanas completas, siempre que se solicite con 15 días hábiles de preaviso a través de registro electrónico preferentemente y sino por registro físico, hasta que el niño cumpla un año

No se aceptarán solicitudes vía email. Únicamente se podrá adelantar la solicitud del disfrute del permiso efectuada por registro previamente y con la documentación adjunta a las unidades de tramitación vía e-mail a efectos de agilizar la sustitución de la plaza en el llamamiento correspondiente.

Disfrute de la primera parte del permiso (mínimo seis semanas obligatorias):
A su solicitud deben acompañarle los siguientes documentos:

  • La forma de disfrute del permiso, si es continuado o de manera interrumpida, indicando las semanas completas que quieren disfrutar
  • Alta de baja médica o riesgo de embarazo, si lo hubiera, de fecha el día anterior al nacimiento.
  • Informe de maternidad del hospital.
  • Hoja de registro civil donde figure el bebé inscrito o libro de familia, con la parte de los progenitores incluida, si no lo tiene ahora, lo puede enviar posteriormente.
  • Si disfruta de manera interrumpida el permiso de nacimiento de madre biológica, debe presentar certificado de empresa del padre o última cuota de autónomos, para la concesión de la primera parte del permiso, o indicar si es maestro o profesor en un centro público de Aragón, para comprobarlo de oficio. De lo contrario, no puede disfrutarlo interrumpido.

Durante las semanas de disfrute no obligatorio no se considerará otorgado el citado permiso sino está presentada la solicitud en tiempo y forma vía registro lo que conllevará la aprobación de la licencia oportuna por parte de la Sección de la Gestión de Personal y sin la misma no se podrán ausentar del centro de trabajo.