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2.1. Introdución

"En el punto de encuentro, no hay ignorantes ni sabios, solo personas que tratan de aprender juntas más que lo que saben ahora"

Paulo Freire

Este módulo formativo aborda los documentos institucionales que debe tener un centro educativo. Consideramos que, para un desempeño eficaz de la función docente, es imprescindible conocer la estructura de un centro, la normativa reguladora vigente y los principales documentos que planifican el proceso educativo del alumnado. El logro de la mejora de resultados educativos y, como consecuencia, la mejora del centro, no es únicamente tarea de los equipos directivos, sino del conjunto de la organización escolar, para lo que se precisa que el profesorado se implique en la definición y desarrollo de un proyecto de centro que dé respuesta a las necesidades concretas del alumnado, lo cual lleva a considerar la autonomía del centro como un elemento fundamental para lograr centros educativos eficaces. 

Los objetivos que nos planteamos son:

  1. Analizar los niveles de autonomía escolar que disponen los centros y las implicaciones que de ello se deriva.
  2. Conocer cómo se realiza la gestión de un centro a través de documentos institucionales realistas y que den respuesta a las necesidades del alumnado, así como su repercusión en el buen funcionamiento del centro.

Documentos institucionales

  • Proyecto Educativo de Centro (PEC). En él se incluye: el Reglamento de Régimen Interior (RRI), el Plan de Convivencia, el Plan de Orientación y Acción Tutorial (POAT) y el Plan de Atención a la Diversidad (PAD). Además, es preciso tener en cuenta que, cuando finalice el curso 2022/2023, también se deberá incluir el Plan de Igualdad.
  • Proyecto Curricular de Etapa (PCE).
  • Programaciones didácticas.
  • Programación General Anual (PGA).
  • Memoria final de curso.

De todos estos documentos institucionales, la programación didáctica de la materia/ámbito/módulo es el documento más cercano al alumnado y el que contiene la verdadera planificación del proceso de enseñanza y aprendizaje que se desarrolla en el aula. La metodología elegida y el planteamiento de la  evaluación son dos aspectos fundamentales de la programación didáctica para poder enseñar de forma competencial. Es decir, que el alumnado no solo aprenda contenidos, sino que les enseñemos a aplicarlos en su vida y, lo más importante, les ayudemos a conocerse y a desarrollar su proyecto vital. Las enseñanzas de cada materia/ámbito/módulo son todas importantes para lograrlo.

Una buena organización de un centro es la pieza fundamental para que los miembros de la comunidad educativa que lo forman: profesorado, familias y alumnado se sientan partícipes del mismo. Esta complejidad organizativa exige una adecuada formación de los/as docentes que les permita responder a los cambios sociales que se están produciendo en la sociedad. 

Desde este planteamiento, se deben articular documentos de planificación curricular que establezcan las directrices necesarias para que den coherencia a los proyectos y prácticas educativas que se desarrollan en un centro. En este sentido, Cantón y Pino (2014) creen necesario crear una red de colaboración entre los equipos docentes para que se puedan llevar a cabo procesos de cambio e innovación efectivos, así como verificar dicha transformación a través de una autoevaluación de centro.

La complejidad de la organización de centros y la función social que corresponde a una institución escolar, nos lleva a pensar que el trabajo desarrollado por el profesorado en los centros no puede ser una labor individual, sino un trabajo coordinado porque deben compartir la misma visión de centro y los mismos objetivos La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, modificada por la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, en el artículo 91, establece las funciones del profesorado, entre otras se encuentra la programación y la enseñanza de las materias, ámbitos y módulos que tengan encomendados, la evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado, la evaluación de los procesos de enseñanza y la investigación, así como la experimentación y la mejora continua de los procesos de enseñanza correspondiente. 

El artículo 6 bis de la citada Ley, indica cuáles son las responsabilidades del Gobierno, de las Administraciones Educativas y de los centros docentes en la planificación y desarrollo de los elementos del currículo. En concreto, señala que los centros docentes desarrollarán y complementarán, en su caso, el currículo de las diferentes etapas y ciclos, en uso de su autonomía con la elaboración de los documentos institucionales.