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3. Documentos institucionales del centro: del PEC a las Programaciones didácticas

Una vez analizados las principales dimensiones de la autonomía que disponen los centros educativos, nos preguntamos cómo se concreta dicha autonomía. La LOE, en su redacción actual, dedica el capítulo II de su título V a la autonomía de los centros y la define específicamente a través de los documentos institucionales. Dichos documentos  deben dar coherencia y facilitar la actividad de esa institución. Señala metas, marca objetivos, determina la organización adecuada, indica pautas de funcionamiento, establece los medios para la actuación, facilita el conocimiento y la colaboración de todos sus integrantes.

En opinión de Antúnez (2012: 77-78), la visión “didacticista”, centrada excesivamente en analizar los problemas escolares a través del estudio de la relación profesorado-alumnado y a las interacciones que se producen en ella debe dejar lugar, cada vez más, a la visión global del centro escolar como organización.

Precisamente los proyectos de centro nos permitirán acceder a una visión y a unos planteamientos más globales e integrales que permitan al centro evolucionar y dar respuesta a las demandas de una sociedad en cambio continuo para lograr alumnado competente. Ello implica según Carda, R. M. y Larrosa, F. (2012):

  1. La necesidad de tener una cultura colaborativa en el centro. 
  2. Seleccionar de las metodologías que establece el currículo, aquellas que nos permitan desarrollar un trabajo eficaz.
  3. Organizar los proyectos y el trabajo de manera planificada y ordenada.
  4. Los alumnos deben ser el punto de referencia porque son el elemento fundamental de un centro educativo.
  5. El profesorado debe sentirse parte del centro y desarrollar un trabajo en equipo.
  6. Los padres y madres deben ser colaboradores en la consecución de los objetivos planteados.
  7. Introducir instrumentos de autoevaluación que permita a los equipos docentes aprender de sus propios proyectos.

La LOE apuesta por un único proyecto de centro como máxima expresión de la autonomía que tiene un centro, ya que a través de él se establecen los objetivos, la planificación y organización de todas sus acciones educativas para lograr el máximo aprovechamiento de sus recursos. La finalidad es lograr una educación de calidad para todos sus alumnos con la participación de la comunidad educativa.

A partir de esta declaración de intenciones se procede a delimitar cuáles deben ser los componentes de un Proyecto Educativo (Art. 121):

  • La concreción de los currículos establecidos por la Administración educativa (Proyecto Curricular de Etapa - PCE).
  • Programaciones didácticas, reguladas por las Órdenes que aprueban el currículo.
  • La forma de atención a la diversidad del alumnado (Plan de Atención a la Diversidad - PAD).
  • La acción tutorial (Plan de Orientación y Acción Tutorial - POAT).
  • El Reglamento de Régimen Interior (RRI) y las normas de convivencia.
  • Proyecto de gestión.
  • Programación General Anual (PGA):
    • Programa anual de actividades complementarias, extraescolares y servicios complementarios.
    • Memoria administrativa.
    • Documento de Organización del Centro (DOC).

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