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2.5. Preguntas y dudas comunes

¿Por qué no se habla de "libros" en este documento?

Porque un libro es un soporte de una obra intelectual. Para que una publicación sea un "libro" basta con que tenga 51 páginas. Lo que interesa a la hora de elaborar las referencias bibliográficas es conocer de qué tipo de obra intelectual se trata. Un "libro", sin más, puede ser soporte de muchos tipos de obras.

¿Es correcto llamar bibliografía al conjunto de referencias que se incluyen en un trabajo, o a la lista de fuentes que se da al estudiantado?

El uso común del término lo permite. Sin embargo, es recomendable usar referencias o lista de referencias, que es lo adecuado para una publicación académica.

¿Hay que separar las referencias por tipos de documentos, o llamar webgrafía a la lista de url?

No. En una lista de referencias basta con la ordenación que se haya elegido en cada caso. Una separación por tipos sólo tiene sentido en recopilaciones específicas de referencias, creadas con algún fin, como en un repertorio bibliográfico.

He visto que hay listas de referencias en las que sólo se indica el url ¿es correcto?

No. Un url es un mero identificador, que puede variar a lo largo del tiempo. Por sí sólo, no da ningún tipo de información sobre el documento que se ha consultado, ni permite saber qué se ha consultado. Además, pueden tener una elevada variabilidad, incluso llegando a desaparecer.

He visto en muchos textos usar la abreviatura AA.VV. o VV.AA cuando hay muchos autores ¿es correcto?

No. Es un grave error, por desgracia muy extendido. La norma ISO 690 y los estilos son claros: siempre se citan todos los autores. Si son más de tres, se puede incluir el primero, seguido de "y otros", o los tres primeros, seguidos de "y otros", dependiendo del estilo bibliográfico elegido.

¿Y si el autor es "anónimo"?

Si no se puede identificar inequívocamente a un autor se omite este dato, con lo que la referencia queda encabezada directamente por el título. En otras ocasiones la autoría puede atribuirse a la entidad responsable, como por ejemplo es el caso de ministerios, gobiernos, corporaciones, empresas, etc. En cualquier caso, hay que consultar las indicaciones del estilo que se trate, porque algunos pide que se señale específicamente con el término "anónimo", frente a otros que no.

Entonces ¿un ministerio, o consejería o empresa u ONG pueden ser autores o creadores de un documento?

Efectivamente. Y deben figurar en las referencias como tales, ya que la norma y los estilos contemplan que puedan existir autores corporativos.

¿Hay que traducir al español los títulos de las obras, o las ciudades donde se han publicado, por ejemplo Londres por London?

No. Siempre deben tomarse los datos tal y como están en el documento consultado. Los gestores de referencias ya vienen preparados incluso para capturar datos y hacer las referencias en otras grafías, como árabe, armenio, chino, japonés...

¿El ISBN debe incorporarse a las referencias?

Depende del estilo. En realidad el ISBN no tiene nada que ver con los datos de las referencias: es, simplemente, un número de control comercial, destinado a gestionar el circuito de distribución y venta del objeto libro.