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Pagos y Legislación

Sólo para personas físicas, no empresas. Instrucciones acordes a la normativa vigente Resolución del Director General de Innovación y Formación Profesional ORDEN  HAP/436/2022

En el caso de que no quieras tener una retribución y la creación no entra dentro de tus funciones laborales (por ejemplo Los libros creados por el equipo de Catedu no tienen ni retribución ni ISBN) te podemos dar un certificado de autor con ISBN válido para méritos.

Nominilla por creador, cursos NO MRR

  • En el caso de que tu labor tenga retribución, en está la nominilla (dale a descargar) debes completar los datos (NO olvides firmarla) y, después, enviarla por correo postal a la dirección indicada en la misma. Se admite por email con firma válida digital.

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Envíala a Javier Quintana Peiró - CATEDU. Oficina Delegada de la DGA Calamocha. C/Melchor de Luzón 6-2. 44200 Calamocha (Teruel)

Nominilla por creador y papeles a entregar en el caso de que son pagados con fondos MRR

Nominillas por elaboración de material didáctico, preparación y mantenimiento de kits...

Nominilla por ponencia

¿Cuánto se cobra?

Por acuerdo del equipo didáctico del Centro Aragonés de Tecnologías de la Educación (16/9/22), dentro de la RESOLUCIÓN del Director General de Innovación y Formación Profesional por la que se determina con carácter general el importe que corresponde a cada uno de los conceptos del Acuerdo del 23 de marzo de 2022 del Consejo de Gobierno, publicado por ORDEN HAP/436/2022, de 1 de abril para el ámbito docente de niveles educativos no universitarios, la retribución será

  • Por creación: 30€ la hora de curso 
    • O parte proporcional si no crea todo el curso.
    • Para evaluar las horas del curso, el creador/a tiene que enviarnos:
      • Al principio un esquema de los contenidos propuestos para consensuar con el equipo de CATEDU una propuesta de horas de curso.
      • Al final, los contenidos y sus actividades, las fuentes utilizadas y un esquema del proceso (el esquema de los contenidos con las horas que se han utilizado en cada apartado) para evaluar definitivamente las horas.
  • En el caso de que no quieras tener una retribución y la creación no entra dentro de tus funciones laborales (por ejemplo Los libros creados por el equipo de Catedu no tienen ni retribución ni ISBN) te podemos dar un certificado de autor con ISBN válido para méritos.
  • Si es una modificación de contenidos existentes, según el porcentaje de modificación, a evaluar por el equipo:
    • 25% a 7.5€ la hora del curso (menos del 25% no se considera retribuible)
    • 50% a 15€ la hora del curso
    • 75% a 22.5€ la hora del curso (más del 75% se considera creación)
  • Retención IRPF actualmente 15% Ver tabla de retenciones
  • Si son varios creadores
    • Se reparte el número de horas entre los creadores y la suma tiene que coincidir con el total de horas del curso.

  • Por apoyo técnico, como revisar los kits de préstamo de los cursos 25€/hora de trabajo.
  • Por ponencia presencial
    • 75€/h 
    • Si hay +100km en ida y vuelta de desplazamiento se suma 35€ al total de la nominilla, esta puesto en concepto de preparación

¿Qué límites hay?

La información mostrada a partir de este punto no es vinculante. Nosotros no somos ni Hacienda ni pertenecemos al Servicio de Inspección, ni pertenecemos al Servicio de Personal... pero queremos que tu labor de tutorización y/o creación no te genere ningún problema y facilitamos la información que te pueda ser de utilidad. 
Si detectas algún error o alguna información relevante que pueda ayudar, por favor comunícalo en soporte.catedu.es

  • Para el cómputo de horas máximo en materia de incompatibilidades, es la tercera parte de horas del curso. Art 12 de la Resolución 16/15/16 Director General de Personal y Formación del Profesorado por la que se determina el importa que corresponde a cada uno de los conceptos del acuerdo del 27/09/16 del Consejo de Gobierno BOA 15/11/16.
  • Funcionarios: Según Art. 33 del R.D. 462/2002, 30/5 (BOE 129) no hay que sobrepasar el total de las remuneraciones anuales por colaboración en actividades de formación del profesorado el 25% de las retribuciones [ver]. Por ejemplo, si tu retribución bruta son 3.000€, no puedes sobrepasar de 7.500€ la suma de todas las ponencias, tutorías, creación, colaboraciones...
  • Existe un límite en hacienda para no ser autónomo, depende si tus ingresos superan o no el salario mínimo interprofesional, depende de la comunidad autónoma, si son ingresos esporádicos, …. suele ser el límite 9.080€ ver
  • Normativa en materia de incompatibilidades para funcionariado :
    • (Ley 53/1984 que dice en su artículo 19 b): La dirección de seminarios o el dictado de cursos o conferencias en Centros oficiales destinados a la formación de funcionarios o profesorado, cuando no tenga carácter permanente o habitual ni supongan más de setenta y cinco horas al año, así como la preparación para el acceso a la función pública en los casos y forma que reglamentariamente se determine.
    • Punto 2 Anexo III de la normativa pendiente de publicar: Para el cómputo del límite máximo de horas de docencia al año establecido en la normativa en materia de incompatibilidades se considerarán horas efectivas de docencia en los cursos on line, una tercera parte del número de horas totales del curso.
    • En resumen: Para todos los funcionarios máximo 75x3=225 horas de tutorización online en el caso de que no tengan otra actividad, pues las 75h son en total por todo.

Enlace a legislaciones anteriores