5.G.-Coherencia en la definición de los objetivos de tu proyecto de dirección
Es importante analizar la coherencia en la definición de los objetivos de mejora que se establecen en los diferentes documentos institucionales en los que deben aparecer. Esos documentos serían:
• Objetivos de mejora definidos en el Proyecto Educativo de Centro.
• Objetivos de mejora asociados al Proyecto de Dirección.
• Objetivos de mejora vinculados a la Programación General Anual.
• Propuestas de objetivos de mejora definidos en la memoria final de curso.
Para la correcta definición de esos objetivos, es importante atender 1º) a las prioridades educativas establecidas por la Administración educativa, 2º) a las necesidades detectadas en nuestro centro educativos y 3º) atender a las demandas y potencialidades que pudiera tener el alumnado de los centros adscritos.
La Memoria final del curso (documento prioritario para detectar opciones de mejora para el próximo curso), debe ser un documento breve y claro que recoja la valoración que el propio centro realiza sobre su funcionamiento y que servirá como punto de partida para el planteamiento de la Programación General Anual (PGA) del curso siguiente.
La LOMLOE (art 121.4 Proyecto educativo) indica que Corresponde a las Administraciones educativas favorecer la coordinación entre los proyectos educativos de los centros de educación primaria y los de educación secundaria obligatoria con objeto de que la incorporación de los alumnos a la educación secundaria sea gradual y positiva.
Nuestra CCAA ha establecido en las Órdenes de currículo y evaluación esa necesidad de coordinación. Por ejemplo, la ORDEN ECD/1172/2022, de 2 de agosto, por la que se aprueban el currículo y las características de la evaluación de la Educación Secundaria Obligatoria y se autoriza su aplicación en los centros docentes de la Comunidad Autónoma de Aragón (BOA 11/08/2022 modificada por Orden ECD/867/2024), indica:
Artículo 64. Coordinación y transición entre etapas.
1. Para facilitar la continuidad del proceso educativo del alumnado, los centros que impartan este nivel deberán establecer mecanismos de coordinación entre los equipos docentes de las distintas etapas educativas en aspectos que afecten al tránsito del alumnado entre una y otra.
2. Para favorecer el proceso educativo del alumnado, deberán establecerse cauces eficaces de coordinación entre los equipos docentes del sexto curso de la Educación Primaria y el equipo docente del primer curso de la Educación Secundaria Obligatoria del centro al que se encuentren adscritos. La coordinación entre Educación Primaria y Educación Secundaria Obligatoria se referirá tanto a la adecuada progresión de la adquisición de los objetivos, competencias clave, saberes, criterios de evaluación y su concreción como a la transmisión de información educativa en el cambio de etapa y, en su caso, de centro.
Es decir, a la hora de establecer un plan de mejora es importante la coordinación con los centros adscritos en cuanto a compartir, especialmente, aquellas prácticas educativas que, tras un proceso de rendición de cuentas, obtienen mejores resultados en el alumnado.
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