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Evaluación de los módulos de FCT y Proyecto

Módulo de Formación en Centros de Trabajo (FCT)

La Resolución de 16 de enero de 2017 establece las instrucciones para la organización y desa­rrollo del módulo profesional de Formación en Centros de Trabajo de ciclos formativos de Formación Profesional en Aragón.  Recordemos que, con carácter general, para poder realizar el este módulo se requiere una evaluación positiva en todos los módulos profesionales (salvo proyecto si procede).

En un mismo curso académico, el alumnado matriculado en el módulo de FCT tendrá una única convocatoria de evaluación final cuando la misma se establezca al finalizar el último trimestre del mismo.  Pero cuando el módulo profesional de FCT se inicie en el primer trimestre del curso académico, el alumnado podrá tener dos convocatorias de evaluación final en ese mismo curso.

El alumnado que no haya podido acceder al módulo de FCT en el periodo ordinario, por tener módulos con evaluación negativa, debe matricu­larse de este módulo en el curso académico siguiente.  De la misma forma tendrán que actuar aquellos que en la evaluación del módulo hayan sido declarados no aptos. 

Al alumnado que sólo esté matriculado en FCT (y proyecto si procede) se le permite compatibilizar la matrícula en estos módulos con la matrícula en otras enseñanzas de Formación Profesional.  También pueden simultanear en un mismo curso la realización de más de un módulo de FCT siempre que no coincidan en el mismo periodo de tiempo.

En lo que se refiere a la exención del módulo, esta puede ser total o parcial.  Para ello debe acreditar experiencia laboral relacionada con el ciclo formativo correspondiente al trabajo a tiempo completo de, al menos un año, que permita demostrar que la persona solicitante tiene adqui­ridos los resultados de aprendizaje propios del módulo de FCT. Asimismo, podrá obtenerse la exención del módulo con actividades de trabajo voluntario o de becario, según los términos establecidos en el artículo 12.1, apartado c), del Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio, de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia la­boral.  Las exenciones parciales se concederán teniendo en cuenta los resultados de apren­dizaje del módulo profesional de FCT alcanzados por la experiencia laboral previa, y el por­centaje que supone respecto a las horas totales del mismo.

La solicitud de exención se podrá presentar desde el momento de la matriícula y hasta un mes antes del inicio de las actividades programadas para el módulo de FCT, cuando el alumno vaya a realizarlo en el periodo ordinario. Si es una persona que se matricula sólo en el módulo de FCT (y si procede proyecto), la solicitud se entregará en el momento de formalizar la matrícula, y al menos un mes antes del inicio.  El equipo docente del ciclo, coordinado por la jefatura de departamento de fa­milia profesional, analizada la documentación emitirá un informe en el que propondrá a la dirección del centro la concesión o no de la exención total o parcial del mismo. La resolución de exención será notificada a la persona solicitante antes del inicio del módulo de FCT. 

En lo que se refiere a la evaluación de este módulo, tiene por objeto determinar que el alumnado que lo cursa ha adquirido la competencia general del título, a partir de la superación de los resultados de aprendizaje del módulo.  Se calificará en términos de “apto” o “no apto”, teniendo en cuenta que cuando el alumno o alumna obtenga la calificación de “no apto”, deberá cursar el módulo de FCT de nuevo, siendo el profesor tutor del centro quien decida si debe cursarlo en la misma empresa, o en otra distinta.  Hay que recordar que se dispone de un máximo de dos convocatorias para superar este módulo, sin existir posibilidad de solicitar convocatoria extraordinaria.

La evaluación será continua, durante todo el proceso forma­tivo.  Tiene por objeto conocer la competencia profesional adquirida, por lo que debe ir orientada a conseguir evidencias de dicha competencia. Los sistemas, procedi­mientos y métodos que se vayan a utilizar deben figu­rarán en la Programación del módulo. 

La evaluación la realizará el profesor o profesora tutor del centro docente, teniendo en cuenta las aportaciones realizadas por la persona responsable de la formación del alumnado en el centro de trabajo, empresa o entidad colaboradora. Esta colaboración en la evaluación se expresa de dos formas:

  • Durante la realización del módulo de FCT, a través del Cuaderno de segui­miento y de las aportaciones realizadas por el tutor o tutora del centro de trabajo, empresa o entidad colaboradora.
  • Al final del proceso, mediante la valoración de cada uno de los apartados represen­tados en el anexo de “Evaluación del programa formativo del alumnado que realiza FCT” de la aplicación informática. La valoración de las actividades programadas realizadas será numérica, entre 1 y 4, siendo 4 la mejor puntuación.  Si la formación hubiera tenido lugar en varias empresas, estos apartados serán valorados por cada uno de los tutores o tutoras implicadas.

En el caso de los ciclos formativos en modalidad a distancia, regulados por la Orden ECD/426/2019, de 24 de abril, se indica que el alumnado deberá tener superados todos los módulos para poder matricularse en el módulo profesional de FCT. Pero, el alumnado que se encuentre en disposición de obtener la exención se podrá matricular de forma condicionada en la FCT y en el módulo de Proyecto, hasta la Resolución de la solicitud de exención. Si dicha exención no se resolviese favorablemente o no se superasen los módulos exigidos para su realización, la matrícula condicionada quedará sin efecto, sin pérdida de convocatoria.

En cuanto a la realización del módulo, el alumnado que haya superado todos los módulos profesionales, puede comenzar a cursar en septiembre el módulo de FCT y en su caso, el módulo de Proyecto, previa matrícula de los mismos. A la finalización del módulo de FCT se realizará una evaluación final en la que se calificará dicho módulo, y en su caso, el módulo profesional de Proyecto.

Módulo de Proyecto

La instrucción quinta de la Resolución de 12 de diciembre de 2012 recoge lo referente a la evaluación de este módulo, indicando que se llevará a cabo de forma individual, tomando como referencia los resultados de aprendizaje y criterios de evaluación indicados en los currículos.

La evaluación de este módulo requiere la presentación y defensa pública por parte del alumno del proyecto realizado, ante una representación del equipo docente del ciclo formativo que actuará como tribunal. El alumnado debe realizar una breve presentación de su proyecto y defenderlo, justificando las decisiones adoptadas, así como responder a las preguntas formuladas por el tribunal.  La calificación será numérica, entre uno y diez, sin decimales, considerándose positivas las calificaciones iguales o superiores a cinco puntos.

El tribunal, tras leer el trabajo y realizada la defensa, otorgará una calificación que supondrá el 40% de la calificación final del módulo. El profesor o profesora tutora del módulo de proyecto, a la vista del proceso de elaboración del proyecto y de su presentación y defensa, le dará a su vez una calificación que supondrá el 60%. Este profesor será el encargado de asignar las calificaciones del módulo profesional de proyecto en el acta de evaluación final del ciclo formativo.

El alumnado que no supere el módulo profesional de proyecto será atendido en una sesión de tutoría específica para la revisión de su trabajo y orientación para la realización de aquellas actividades que permitan subsanar las deficiencias observadas, teniendo una 2ª convocatoria de evaluación final del módulo en septiembre.